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103 NORMAS LEGALES Sábado 23 de agosto de 2025 El Peruano / Aprueban cambio de jurisdicción administrativa de la Municipalidad del Centro Poblado de Aruntaya del distrito de “San Cristóbal”- Calacoa al distrito de Carumas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 026-2025- MPMN Moquegua, 18 de julio de 2025 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO: En Sesión Ordinaria del 16-07-2025, el Dictamen Nº 03-2025-COPP-MPMN de Registro Nº 2532592-2025 de fecha 15-07-2025, sobre modi fi cación de Jurisdicción Administrativa del Centro Poblado de “Aruntaya”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de in Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 31079 - Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las municipalidades de centros poblados, modi fi cada por la Ley Nº 30937 y la Ley Nº 28440 - Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados, establece que las municipalidades provinciales, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 128º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, emiten la ordenanza de adecuación de las municipalidades de centros poblados en funcionamiento; Que, el artículo 3º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972) prevé que las municipalidades se clasi fi can, en función de su jurisdicción y régimen especial, en las siguientes: En función de su jurisdicción: 3. La municipalidad de centro poblado, cuya jurisdicción la determina el respectivo concejo provincial a propuesta del concejo distrital Que, por Resolución de Alcaldía Nº 142-1995-A/ MPMN emitida el 03 de febrero de 1995, se crea la Municipalidad del Centro Poblado Menor de “Aruntaya”; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 020-1995-MUNIMOQ emitida el 23 de junio de 1995, se ratifi ca en todas sus partes la Resolución de Alcaldía Nº 142-95-A/MPMN de fecha 03 de febrero de 1995, por consiguiente, queda plenamente establecido la Creación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de “Aruntaya”, comunidad conformante del Distrito de “San Cristóbal”, Provincial de “Mariscal Nieto”, Departamento de Moquegua; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 025-2025- MPMN, emitido el 29 de diciembre del 2016, se adecua la Municipalidad del Centro Poblado Menor de “Aruntaya”, por la de Municipalidad del Centro Poblado de “Aruntaya”, del Distrito de “San Cristóbal – Calacoa”; Que, mediante O fi cio Nº 064-2024-A/MCPA/PF de fecha cierta 18 de noviembre del 2024, Expediente E2450979 la Municipalidad del Centro Poblado de “Aruntaya”, solicita a la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto”, evaluar el procedimiento para la recti fi cación administrativa de la resolución de creación de la Municipalidad del Centro Poblado de “Aruntaya”, como conformante del Distrito de “San Cristóbal”, siendo que el INEI e IGN, han manifestado que el centro poblado de “Aruntaya” se encuentra ubicado en el Distrito de “Carumas”; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-2024- MCPA/CM de fecha 28 de octubre del 2024, el concejo municipal del Centro Poblado de “Aruntaya”, autoriza a la Alcaldesa, realice las gestiones necesarias para la recti fi cación y/o modi fi cación de la creación del Centro Poblado de “Aruntaya, otorgado bajo la resolución Municipal Nº 020-95/MUNIMOQ, en el Distrito de San Cristobal -Calacoa al Distrito de Carumas”; Que, mediante O fi cio Nº 002-2025-A/MCPA/SPF de fecha 15 de enero del 2025, el Centro Poblado de “Aruntaya”, hace llegar a la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto”, documentos complementarios para la modi fi cación de jurisdicción de la Municipalidad del Centro Poblado de “Aruntaya” del Distrito de “San Cristóbal” al Distrito de “Carumas”; Que, con el Informe Nº 429-2025-SGPCUAT/ GDUAAT/GM/MPMN de fecha 05 de marzo del 2025, la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, hace conocer lo siguiente: “4.1 Que, de acuerdo a los documentos adjuntos, se ha comprobado que geográ fi camente tal como lo establece el Instituto Geográ fi co Nacional - IGN y de acuerdo al mapa censal del instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, el Centro Poblado de “Aruntaya” se encuentra dentro del Distrito de “Carumas”.(…) 4.3 Que, es PROCEDENTE aprobar mediante ordenanza municipal la modi fi cación del cambio de jurisdicción administrativa de la Municipalidad del Centro Poblado de “Aruntaya”, del Distrito de “San Cristóbal” - Calacoa al Distrito de “Carumas”, (…)”; Que, mediante Informe Legal Nº 076-2025-AL/ GDUAAT/GM/MPMN de fecha 13 de marzo del 2025, el Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial, concluye: “4.3 Consecuentemente, a través de ordenanza municipal debiera procedente a la modi fi cación del cambio de jurisdicción administrativa de la Municipalidad del Centro Poblado de “Aruntaya”, del Distrito de “San Cristóbal” a la del Distrito de “Carumas”, (…)”; Que, con el O fi cio Nº 159-2025/GM/MPMN de fecha 24 de marzo del 2025, la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto” solicitó a la Municipalidad del Distrito de “Carumas”, opinión respecto a la modi fi cación de jurisdicción administrativa del Centro Poblado de “Aruntaya”, documento que fuera aclarado mediante el Ofi cio Nº 178-2025/GM/MPMN, en fecha 01 de abril del 2025; Que, con el O fi cio Nº 161-2025/GM/MPMN, de fecha 24 de marzo del 2025, la Municipalidad Provincial de “Mariscal Nieto” solicitó a la Municipalidad del Distrito de “Carumas”, opinión respecto a la modi fi cación de jurisdicción administrativa del Centro Poblado de “Aruntaya”, documento que fuera aclarado mediante el Ofi cio Nº 177-2025/GM/MPMN, en fecha 01 de abril del 2025; Que, mediante Informe Nº 331-2025-SPPPR/ GPP/GM-A/MPMN de fecha 14 de mayo del 2025, la Sub Gerencia de Planes, Presupuesto Participativo y Racionalización, concluye favorablemente a que se modi fi que la jurisdicción administrativa del Centro Poblado de “Aruntaya”, para que de pertenecer al Distrito de “San Cristóbal” - Calacoa, pase a pertenecer al Distrito de “Carumas” tal y como lo reconocer el Instituto Geográ fi co Nacional (IGN) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Finalmente, opina que la Gerencia de Asesoría Jurídica en cumplimiento de sus funciones establecidas en el ROF vigente de la entidad, evalúe y determine las acciones administrativas correspondientes para la modi fi cación de la jurisdicción administrativa del Centro Poblado de “Aruntaya” al Distrito de “Carumas”, donde corresponde geográ fi camente; Que, con el Acuerdo de Concejo Nº 021-2025-CM/MDC de fecha 12 de junio del 2025, el Concejo Municipal del Distrito de “Carumas”, acordó “Elevar a la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, la PROPUESTA aprobada en Sesión Ordinaria para el cambio de jurisdicción administrativa del Centro Poblado de Aruntaya a la Municipalidad Distrital de Carumas”; Que, a través del Informe Nº 440-2025-SPPPR/ GPP/GM-A/MPMN de fecha 25 de junio del 2025, la Sub Gerencia de Planes, Presupuesto Participativo y Racionalización opina que “(…) en conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, siendo competencia de la Municipalidad Provincial la creación de centros poblados y su determinación jurídica administrativa, correspondería la modi fi cación de la jurisdicción