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97 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / constitucionales autónomos, son designados mediante resolución del Procurador General del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326, los titulares de las entidades públicas tienen la obligación de asegurar el normal funcionamiento de las Procuradurías Públicas. Para ello tienen la obligación de implementar adecuadamente sus órganos de defensa jurídica y asegurar la asignación de los recursos logísticos necesarios para el normal desempeño de las funciones de los servidores de la Procuraduría Pública de la entidad, en particular lo referido a medios informáticos, mobiliario, etc.; lo cual se realiza con cargo a la disponibilidad presupuestal de las entidades; Que, por su parte, los numerales 18.4 y 18.5 del artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, establecen que el procurador público o procurador público adjunto es un servidor de con fi anza que asume sus funciones desde la fecha en que se publica la resolución de su designación en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Administrativa N° 000321-2024-CE-PJ, la presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba la Directiva N° 006-2024-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Selección del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” - Versión 001, cuyo numeral 7.3.5 señala que “El Comité de Selección formula el Cuadro de Mérito con la relación de los postulantes que aprobaron todas las etapas del proceso, lo publica en el portal correspondiente y eleva al Titular del Poder Judicial, la nómina de postulantes con los puntajes aprobatorios obtenidos, para que, con la potestad conferida en el artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1326 modi fi cado por la Ley N° 31778, proceda elegir al primer puesto del orden de mérito como Procurador Público o Procurador Público Adjunto del Poder Judicial, emitiendo la resolución correspondiente. El Titular del Poder Judicial comunica al Procurador General del Estado, el nombre del postulante que ha elegido, para que, mediante la resolución correspondiente proceda a su designación, conforme lo establecido en el artículo 32° del Decreto Legislativo N° 1326 modi fi cado por la Ley N° 31778” ; Que, con o fi cio de vistos, la Presidenta del Poder Judicial remite la Resolución Administrativa N° 000352-2025-P-PJ, donde resuelve comunicar a la Procuraduría General del Estado que el abogado Sumber Augusto Fernández Espinoza es el ganador de la Convocatoria N° 001-2025-COMITESELECCION-P-PJ para seleccionar al Procurador Público Adjunto del Poder Judicial, a fi n de que proceda conforme a sus atribuciones; Que, con informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado señala que resulta legalmente viable la emisión del acto resolutivo por medio del cual se designe al abogado Sumber Augusto Fernández Espinoza como procurador público adjunto del Poder Judicial, al ser una atribución propia del Procurador General del Estado realizar dicho acto, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a los documentos y consideraciones antes mencionados, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 32 del Decreto Legislativo N° 1326; Con el visto de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326 que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; la Ley N° 31778, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1326; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; y, con la Directiva N° 006-2024-CE-PJ, denominada “Gestión del Proceso de Selección de Procurador/a Público/a del Poder Judicial” - Versión 001, cuya aprobación fue formalizada por Resolución Administrativa N° 000321-2024-CE-PJ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar al abogado Sumber Augusto Fernández Espinoza como procurador público adjunto del Poder Judicial.Artículo 2.- Obligatoriedad de brindar las facilidades logísticas Disponer que el presidente del Poder Judicial implemente adecuadamente su órgano de defensa jurídica y asegure la asignación de los recursos logísticos necesarios para el normal desempeño de las funciones del procurador público que ha sido designado en el artículo 1 de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y en la Sede Digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA AURORA CARUAJULCA QUISPE Procuraduría General 2433439-1 Designan Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN N° D 000848-2025-JUS/PGE-PG San Isidro, 29 de agosto del 2025 VISTOS: El Proveído N° D009121-2025-JUS/PGE-GG, emitido por la Gerencia General; el Informe N° D000376-2025-JUS/PGE-OA, emitido por la O fi cina de Administración; y, el Informe N° D002277-2025-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; el Informe N° D0001129- 2025-JUS/PGE-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1326, modi fi cado por la Ley N° 31778, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como ente rector del Sistema y organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; estableciéndose en su artículo 18 que la Procuradora General del Estado es la titular del pliego y funcionaria de mayor nivel jerárquico de Procuraduría General del Estado; Que, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que, con Resolución de Gerencia General N° D000103-2024-JUS/PGE-GG, se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos de la Procuraduría General del Estado - PGE, donde se establece los requisitos del puesto “Asesor(a)” de Alta Dirección para la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado, el cual se encuentra asignado en el código de puesto N° CO2008, previsto como “puesto de con fi anza”; Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de Asesor(a) de Alta Dirección para la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ocupará