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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (30/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / dicho cargo, mediante la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, por otro lado, conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y se dictan otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022- PCM, las O fi cinas de Recursos Humanos o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado que compendia las Secciones Primera y Segunda del referido instrumento de gestión, publicado por Decreto Supremo N° 009-2020-JUS y Resolución Ministerial N° 0186-2020-JUS, respectivamente, la O fi cina de Administración es el órgano de apoyo responsable de gestionar, entre otros, el sistema administrativo de recursos humanos, para cuyo efecto, por medio de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, le corresponde la veri fi cación de los requisitos del per fi l del cargo en la entidad, emitiendo para ello la opinión técnica correspondiente; Que, en ese sentido, mediante informe de vistos, la O fi cina de Administración, hace suyo el Informe N° D002277-2025-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, en el cual se concluye que la señora Giovanna Choquimaqui Meza, cumple con el per fi l y los requisitos para ser designada en el cargo de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; Con los vistos de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y por las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado, aprobadas por Decreto Supremo N° 009-2020-JUS y Resolución Ministerial N° 0186-2020-JUS, respectivamente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar a la señora Giovanna Choquimaqui Meza en el cargo de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado. Artículo 2.- Noti fi cación Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifi que la presente resolución a la señora Giovanna Choquimaqui Meza, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/ procuraduria) Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA AURORA CARUAJULCA QUISPEProcuraduria General 2433446-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban el “Reglamento que establece la graduación del plazo de impedimento de reingreso al país en sanciones no pecuniarias impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, Versión 2 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000114-2025- MIGRACIONES Breña, 29 de agosto de 2025 VISTOS: El Informe Nº 000171-2025-DIROP-MIGRACIONES, de la Dirección de Operaciones; el Informe Nº 000267-2025-SCM-MIGRACIONES, de la Subdirección de Control Migratorio de la Dirección de Registro y Control Migratorio y los Memorandos Nº 001177-2025-DRCM-MIGRACIONES, y Nº 001474-2025-DRCM-MIGRACIONES, de la Dirección de Registro y Control Migratorio; el Informe Nº 000141-2025-UMGC- MIGRACIONES, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorando N° 004323-2025-OPP-MIGRACIONES, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 000512-2025-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020- IN se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Superintendencia Nacional de Migraciones, modi fi cada con Decreto Supremo N° 005-2024-IN, y con Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, se aprobó la Sección Segunda del ROF, modi fi cada por las Resoluciones de Superintendencia N° 000131-2024-MIGRACIONES y N° 000026-2025-MIGRACIONES, y, con Resolución de Superintendencia Nº 000031-2025-MIGRACIONES, se dispone la actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1350, la Superintendencia Nacional de Migraciones (en adelante, MIGRACIONES) ostenta potestad sancionadora en materia migratoria respecto de las personas mayores de edad, nacionales y extranjeras, que infrinjan las obligaciones previstas en dicho cuerpo legal y su Reglamento; Que, respecto de las sanciones a aplicar, el artículo 54 del citado Decreto Legislativo establece que las sanciones susceptibles de ser impuestas por MIGRACIONES lo constituyen la multa, la salida obligatoria y la expulsión; según se determine por la comisión de las infracciones previstas en los artículos 56 al 58 del citado cuerpo legal; Que, con Resolución de Superintendencia Nº 000145-2024-MIGRACIONES de fecha 5 de agosto de 2024, se aprobó el “Reglamento que establece la graduación del plazo de impedimento de reingreso al país en sanciones no pecuniarias impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, considerándose los supuestos previstos en el artículo 58 del Decreto Legislativo Nº 1350; no obstante, con la Ley N° 32192 “Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de MIGRACIONES, y el Decreto Legislativo 1582 - Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo