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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (30/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Sábado 30 de agosto de 2025 El Peruano / Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2433454-7 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2667-2025-MP-FN Lima, 29 de agosto de 2025 VISTOS: El o fi cio N° 1580-2025-FSCEE-MP-FN e informe N° 0005-2025-MP-FN-OREF-DAVV, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el Coordinador del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, se eleva la propuesta para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, solicitando que el fi scal que ocupe el cargo sea incorporado al equipo especial de fi scales antes citado. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada María Angela Bueno Quispe, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y disponer su incorporación al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0005-2025-MP-FN-OREF-DAVV, de fecha 27 de agosto de 2025. Cabe precisar que la plaza a ocupar -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 7 de junio de 2019. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada María Angela Bueno Quispe, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.- Disponer que la abogada señalada en el artículo precedente se incorpore al Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan, considerando el régimen laboral a la que se encuentra sujeta la abogada María Angela Bueno Quispe. Articulo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinador del Equipo Especial de Fiscales que se avocan a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones vinculadas con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2433454-8 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Aprueban el Reglamento RE-006-DRE/003 “Inscripción Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú en el Marco de un Proceso Electoral”, Primera Versión RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000147-2025/ JNAC/RENIEC Lima, 28 de agosto del 2025 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000316-2025/DRE/RENIEC (17JUL2025), el Informe Nº 000209-2025/DRE/RENIEC (16JUL2025) y el Memorando Nº 001190-2025/DRE/ RENIEC (15AGO2025) de la Dirección de Registro Electoral; el Informe Nº 000057-2025/DRE/SDPEG/RENIEC (16JUL2025) de la Sub Dirección de Procedimiento Electoral y Georreferenciación de la Dirección de Registro Electoral; el Memorando Nº 000894-2025/OPPM/RENIEC (21AGO2025) de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000180-2025/OPPM/UMO/RENIEC (21AGO2025), y la Hoja de Elevación Nº 000185-2025/OPPM/UMO/RENIEC (15AGO2025) de la Unidad de Modernización Organizacional de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 000967-2025/OAJ/RENIEC (26AGO2025) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a