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112 NORMAS LEGALES Domingo 14 de diciembre de 2025 El Peruano / responsabilidad directiva compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor. En ningún caso debe exceder el período presupuestal; Que, el numeral 7.1 del Artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, establece que, la designación del Ejecutor Coactivo como del Auxiliar, se efectuará mediante concurso público de méritos y el numeral 7.2 señala que, ambos ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, a través del Informe N°274-2012-SERVIR/ GG-AOJ, se ha pronunciado, señalando que, “Atendiendo lo indicado, no advertimos en la Ley N° 26979 ningún impedimento para que el cargo de Ejecutor Coactivo puede ser encargado temporalmente al Auxiliar Coactivo, siempre que este haya ingresado como lo establece la Ley N° 26979, mediante concurso público y en la medida que cumpla con los requisitos que la ley exige para ocupar de Ejecutor Coactivo, además, de cumplirse con las condiciones propias del encargo”; Que, mediante Informe N°456-2025-MDC/GAF- SRH, la Subgerencia de Recursos Humanos, informa a la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la necesidad de encargar el puesto de Ejecutor Coactivo, resultando procedente encargar las funciones del Ejecutor Coactivo (Administrativo y Tributario) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla al Abg. Neyder Maldonado Castañeda, con retención de su cargo como Auxiliar Coactivo, conforme lo señalado en el Memorando N°868-2025-MDC/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, por lo que solicita opinión legal con la fi nalidad de proseguir con los trámites correspondientes; Que, con Memorándum N°052-2025-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis con los informes correspondientes, cabe precisar que, la viabilidad del encargo del puesto de Ejecutor Coactivo al Auxiliar Coactivo ha sido materia de pronunciamiento técnico por parte de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. En efecto, el Informe Técnico N°274-2012-SERVIR/GG-OAJ concluye textualmente que “no se advierte impedimento para que el cargo de Ejecutor Coactivo pueda ser encargado temporalmente al Auxiliar Coactivo, siempre que éste haya ingresado - como lo establece la Ley N°26979 - mediante concurso público y en la medida que cumpla con los requisitos que la ley exige para ocupar el cargo de ejecutor coactivo, además de cumplirse con las condiciones propias del encargo”, este pronunciamiento técnico emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil constituye una interpretación autorizada y plenamente aplicable al caso materia de consulta; asimismo, corresponde señalar que la normativa aplicable regula de manera expresa el encargo temporal de funciones en las entidades públicas, así como los requisitos que deben cumplirse para disponer dicha medida; por tanto, no se advierte la existencia de controversia jurídica, vacío normativo o situación que genere duda interpretativa que amerite la emisión de una opinión legal por parte de esta Gerencia, recomendando al órgano competente (Subgerencia de Recursos Humanos) realizar la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos y de considerarse pertinente emitir el acto resolutivo que formalice la encargatura temporal; Que, mediante Informe N°457-2025-MDC/GAF-SRH, la Subgerencia de Recursos Humanos, informa a la Gerencia Municipal, sobre la necesidad de encargar el puesto de Ejecutor Coactivo, en este contexto la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, propone encargar las funciones del Ejecutor Coactivo (Administrativo y Tributario) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla al Abg. Neyder Maldonado Castañeda, con retención de su cargo como Auxiliar Coactivo; asimismo, corresponde señalar que la normativa aplicable regula de manera expresa el encargo temporal de funciones en las entidades públicas, así como los requisitos que deben cumplirse para disponer dicha medida; Que, mediante Memorándum N°1033-2025-MDC/ GM, la Gerencia Municipal remite los actuados antes mencionados a la Secretaría General, para la emisión del actor resolutivo correspondiente;Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° y los Artículo 39° y 43° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Alcaldía N°0115-2025-MDC/A, de fecha 10 de setiembre de 2025, que designa a la Abg. NOELIA DEL PILAR ITURRY BERNALES, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, siendo su último día de labores el 30 de noviembre de 2025, quedando obligada a efectuar la entrega de cargo correspondiente conforme a ley. Artículo Segundo.- ENCARGAR, con e fi cacia anticipada a partir del 01 de diciembre de 2025 al Abg. NEYDER MALDONADO CASTAÑEDA, las funciones de EJECUTOR COACTIVO (ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, con retención a su cargo de Auxiliar Coactivo; en tanto se designe al titular. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a la Subgerencia de Recursos Humanos y otras competentes, el inicio de las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- El servidor público Abg. NEYDER MALDONADO CASTAÑEDA, de contravenir el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad o cuando en el ejercicio de sus funciones haya desarrollado una gestión de fi ciente, incurrirá en responsabilidad administrativa, civil y penal, en tanto corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, DISPONER, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única del Estado Peruano (https://www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 2468050-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza que aprueba el Reglamento de Convocatoria a Concurso para la Creación del Himno del Distrito de Santa Anita ORDENANZA Nº 00382/ MDSA Santa Anita, 31 de octubre de 2025 El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO; VISTO: En la XX Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen N° 008-2025-MDSA/CM-CAL de la Comisión Permanente de Asuntos Legales; el Memorando N° 1463-2025-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; el Informe N° 506-2025-MDSA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0145-2025-OGPPPI/MDSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Informe N° 239-2025-SGECDJT-GSPDH/MDSA y el Informe N° 238-2025-SGECDJT-GSPDH/MDSA de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte, Juventud y Turismo; el Memorándum N° 713-2025-OACGDA-OGS/MDSA de la O fi cina de