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19 NORMAS LEGALES Viernes 19 de diciembre de 2025 El Peruano / VISTOS, el Expediente N° DEIB2025-INT-1085538; el Informe N° 0253-2025-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y el Informe Técnico N° 00006-2025-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB, elaborados por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; el Informe N° 02367-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 01936-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, se crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe; Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 130-2024-MINEDU, se dispuso la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe” (en adelante, RNIIEE-EIB); Que, con la Resolución Ministerial N° 514-2024-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la caracterización, identi fi cación y registro de instituciones y programas educativos en el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe” (en adelante, Norma Técnica), cuyo objetivo es regular el proceso de caracterización y establecer disposiciones para el procedimiento de identi fi cación y registro de las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica (II.EE. EIB), Programas de Intervención Temprana (PRITE), Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) y de Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO) en el RNIIEE-EIB; Que, el subnumeral 5.4.1 del numeral 5 de la Norma Técnica establece que el RNIIEEE-EIB es un padrón que identi fi ca a las II.EE. EIB, CETPRO, PRITE y PRONOEI que ofrecen el servicio educativo intercultural bilingüe, y se elabora a partir de la aplicación de los criterios de identi fi cación y los resultados de la caracterización de las instituciones y programas educativos. Asimismo, el subnumeral 5.4.2 del numeral 5 de la citada norma establece que el RNIIEE-EIB se encuentra a cargo del Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (en adelante, DEIB) y se actualiza mediante el proceso de caracterización, según cronograma elaborado por la DEIB, previa comunicación a los actores involucrados; Que, en atención a las disposiciones señaladas, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 0253-2025-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y el Informe Técnico N° 00006-2025-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB, elaborados por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, dependiente de la citada Dirección General, a través de los cuales se propone y sustenta la necesidad de: (i) aprobar la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”; y, (ii) derogar la Resolución Viceministerial N° 130-2024-MINEDU; Que, mediante el Informe N° 02367-2025-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión favorable a la propuesta; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos adicionales en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2025. Asimismo, para el Año Fiscal 2026, el fi nanciamiento de su implementación estará sujeta a los créditos presupuestarios asignados para tal fi n a la DEIB en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, sobre el impacto presupuestal en los años fi scales subsiguientes, la DEIB deberá gestionar la asignación de los recursos presupuestarios que fueran necesarios en el marco de los procesos de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, del año fi scal respectivo y de acuerdo con las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto del año fi scal correspondiente; Que, a través del Informe N° 01936-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”, de acuerdo con la información contenida en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 130-2024-MINEDU que dispuso la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2469868-1 Delegan en la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED la representación del Ministerio de Educación para la obtención de licencias de edificaciones y demoliciones en el marco de la Ley N° 29090 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 282-2025- MINEDU Lima, 17 de diciembre de 2025 VISTOS: los documentos que conforman el Expediente N° SG2024-INT-0957388, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, señala que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio que asiste y asesora en los sistemas administrativos de la entidad; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación (en adelante, ROF del Minedu), aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de asesoramiento y de apoyo administrativo bajo su dependencia jerárquica; ejerce la representación legal del Ministerio; Que, de acuerdo con los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede la delegación de competencia de un