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34 NORMAS LEGALES Viernes 19 de diciembre de 2025 El Peruano / Nº E-562536-2025, corresponde dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 0657-2025-MTC/17.03 de fecha 27 de noviembre de 2025, Nº 0664-2025-MTC/17.03 de fecha 01 de diciembre de 2025 y Nº 0668-2025-MTC/17.03 de fecha 03 de diciembre de 2025; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; la Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 0657-2025-MTC/17.03 de fecha 27 de noviembre de 2025, Nº 0664-2025-MTC/17.03 de fecha 01 de diciembre de 2025 y Nº 0668-2025-MTC/17.03 de fecha 03 de diciembre de 2025, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- AUTORIZAR a la empresa RTC CHAVIN E.I.R.L., identi fi cada con RUC Nº 20613466046, por el plazo de cinco (05) años, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. Sinchi Roca, Mz. O, Lt. 1, AA. HH. Las Praderas de Jicamarca, Sector El Cercado - Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí y departamento de Lima. Artículo 3.- La empresa RTC CHAVIN E.I.R.L., debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, sus modi fi catorias y normas complementarias. Artículo 4.- ACREDITAR en la nómina del personal, a las siguientes personas propuestas por la empresa RTC CHAVIN E.I.R.L., para la operación del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV: RELACIÓN DEL PERSONAL ACREDITADO PARA LA OPERACIÓN DEL CITV NOMBRES Y APELLIDOS CARGO JAIR JHOSEPH NONALAYA CÓRDOVAINGENIERO SUPERVISOR TITULAR CARLOS TITO PEÑA ORMEÑOINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE HERIBERTO ISMAEL MONTOYA TAIPE INSPECTORESMISAEL ISAC ROMERO TELLO WALTER ALBERTO ZAMBRANO CORDOVA PAOLO FRANCISCO ARANYA INGA Artículo 5.- Establecer que la empresa RTC CHAVIN E.I.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza22 de enero de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza22 de enero de 2027 ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Tercera renovación o contratación de nueva póliza22 de enero de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza22 de enero de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza22 de enero de 2030 Artículo 6.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 7.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fi scalización, en el marco de sus competencias. Artículo 8.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa RTC CHAVIN E.I.R.L., en el domicilio ubicado en Av. Sinchi Roca, Mz. O, Lt. 1, AA. HH. Las Praderas de Jicamarca, Sector El Cercado - Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, y/o en el correo electrónico: rtcchavin@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA Director de la Dirección de Circulación Vial Ministerio de Transportes y Comunicaciones 2469325-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Designan Director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 348-2025- VIVIENDA Lima, 15 de diciembre de 2025CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor RAUL ALEJANDRO FEDERICO MALAGA GAMARRA, en el cargo de Director de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo de la Dirección General de Programas y