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16 NORMAS LEGALES Martes 23 de diciembre de 2025 El Peruano / máximo para fi nanciar el pago de viáticos por viajes en comisión de servicios solicitados por el Instituto Nacional Penitenciario; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 28 484 190,00 (VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario; así como autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 21 325 612,00 (VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 y en la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 28 484 190,00 (VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, en el marco de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : M. de Justicia y Derechos Humanos UNIDAD EJECUTORA 004 : Centros Juveniles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 000 000,00 PLIEGO 061 : Instituto Nacional Penitenciario FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 16 484 190,00 2.3 Bienes y Servicios 8 000 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 28 484 190,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.0. Reserva de Contingencia 28 484 190,00 =========== TOTAL EGRESOS 28 484 190,00 =========== 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo I “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante de la presente norma y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario 2.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 21 325 612,00 (VEINTIÚN MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS DOCE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, para fi nanciar los gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0. Reserva de Contingencia 21 325 612,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 325 612,00 =========== A LA : En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : M. de Justicia y Derechos Humanos UNIDAD EJECUTORA 004 : Centros Juveniles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 385 200,00 PLIEGO 061 : Instituto Nacional Penitenciario FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 20 940 412,00 =========== TOTAL EGRESOS 21 325 612,00 =========== 2.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario”, que forma parte integrante de la presente norma y se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el diario o fi cial El Peruano.