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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (23/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 23 de diciembre de 2025 El Peruano / establece que las autoridades migratorias, en el marco de sus competencias, pueden suscribir convenios o realizar acciones de cooperación con entidades públicas o privadas extranjeras o con organismos internacionales, para coadyuvar a la protección de la seguridad nacional, orden público y el orden interno; Que, mediante la Ley N° 32192, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, y el Decreto Legislativo N° 1582, Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, para disponer la obligatoriedad de identi fi cación de las personas extranjeras, entre otros aspectos, modi fi ca el artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1350 incorporando como uno de los supuestos de expulsión, el siguiente: ” j) Por incumplir con la obligación de identi fi carse ante la autoridad competente”; Que, asimismo, a través de la Ley N° 32192 se modi fi can diversos artículos del Título VI del Decreto Legislativo N° 1350, que regula el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE) para la expulsión por la comisión de las infracciones referidas a la situación migratoria irregular y por actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, el orden interno, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana, precisando que el contenido del referido título es aplicable a las infracciones tipi fi cadas en los literales d), f) y j) del párrafo 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1350, y que MIGRACIONES ejerce su potestad sancionadora para aplicar la sanción de expulsión; Que, adicionalmente la Ley N° 31292 incorpora el artículo 15-A al el Decreto Legislativo 1350, en el cual se establece que: “15-A.1 En caso de que la persona extranjera carezca de algún medio identi fi catorio válido, el efectivo de la Policía Nacional del Perú procede a tomar la declaración de identidad de la persona extranjera, la consigna en un acta y procede a la toma de la información biométrica. Dicha declaración de identidad tiene carácter constitutivo”; Que, a través del O fi cio N° 001321-2025-GG- MIGRACIONES, MIGRACIONES propone la modi fi cación del “Protocolo de actuación interinstitucional entre la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones, para la aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE)”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0031-2024-IN, con la fi nalidad de incorporar el literal j) del numeral 58.1 del artículo 58 del Decreto Legislativo N° 1350, como supuesto sujeto al PASEE, y adecuar las obligaciones operativas de la entidad e institución involucradas al marco normativo vigente, en lo relativo a la identi fi cación obligatoria y a las nuevas causales de expulsión; así como precisar con mayor detalle las fases de retención administrativa y de audiencia única, optimizar el uso de la información biométrica y los mecanismos electrónicos de comunicación, garantizando una actuación más célere, uniforme y acorde con los estándares de control migratorio establecidos; adjuntando el Informe N° 000709-2025-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica de MIGRACIONES, que sustenta la viabilidad técnico jurídica de la propuesta, en el cual se indica que la propuesta fue elaborada en coordinación con la Policía Nacional del Perú; Que, la Policía Nacional del Perú, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 944-2025-EMG-PNP/EQUADI del Equipo de Asesoramiento en Orden Interno del Estado Mayor General, opina que la propuesta de modi fi cación mencionada en el considerando que antecede, resulta viable; Que, la O fi cina General del Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 000763-2025-IN-OGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional, opina que la propuesta de modi fi cación ha sido elaborada dentro de las competencias funcionales de la Superintendencia Nacional de Migraciones, en coordinación con la Policía Nacional del Perú, conforme así se mani fi esta en los informes emitidos por las unidades de organización de ambas entidades;Que, considerando el sustento de las normas y opiniones técnicas antes citadas, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 003418-2025/OGAJ, concluye que resulta viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca el “Protocolo de actuación interinstitucional entre la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones, para la aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE)”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0031-2024-IN; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que modi fi que el “Protocolo de actuación interinstitucional entre la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones, para la aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE)”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0031-2024-IN; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Superintendencia Nacional de Migraciones, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones; y el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los numerales III, IV, V, VII, VIII y IX del “Protocolo de actuación interinstitucional entre la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones, para la aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE)”, aprobado por Resolución Ministerial N° 0031-2024-IN, conforme al Anexo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Incorporar al “Protocolo de actuación interinstitucional entre la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones, para la aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE)”, aprobado por Resolución Ministerial N° 0031-2024-IN, los formatos denominados: Modelo de Informe Policial, Modelo de Acta de Declaración de Identidad de Extranjero, así como los Anexos 1 y 2 previstos en el numeral 8.9 del referido Protocolo, contenidos en el Anexo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Establecer que la Policía Nacional del Perú y la Superintendencia Nacional de Migraciones son responsables del cumplimiento y supervisión de la ejecución del Protocolo aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental remitir copia de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos a la Superintendencia Nacional de Migraciones, a la Policía Nacional del Perú y al Despacho Viceministerial de Orden Interno, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), de la Superintendencia Nacional de Migraciones (https://www. gob.pe/migraciones) y de la Policía Nacional del Perú (https://www.gob.pe/pnp), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para orientación al ciudadano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE TIBURCIO ORBEZO Ministro del Interior 2470868-1