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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 170

170 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que el cumplimiento de la programación de metas físicas y fi nancieras consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026, aprobado en el artículo precedente, es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- Seguimiento y Evaluación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento realiza el seguimiento y evaluación de la implementación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2026. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2472691-1 Modifican Resolución Ministerial N° 247- 2024-VIVIENDA, y amplían la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, que tiene por objeto la formulación y diseño de la propuesta de Política Nacional de Accesibilidad Universal al 2040 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 365-2025- VIVIENDA Lima, 30 de diciembre de 2025 VISTOS:La Nota N° 117-2025-VIVIENDA/VMVU-DGADT de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico; el Informe Técnico Legal N° 03-2025-VIVIENDA/VMVU/DGADT-DA-RCIS-JFOS de la Dirección de Accesibilidad; el Memorando N° 2284-2025-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 506-2025-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 1083-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo el diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 2 del artículo 6, en concordancia con el numeral 22.2 del artículo 22 de la precitada Ley, señala que el Poder Ejecutivo ejerce -entre otras- la función de plani fi car, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales, siendo los Ministerios responsables de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 274-2019-VIVIENDA, se aprueba la lista sectorial de Políticas Nacionales bajo la rectoría o conducción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre las cuales tenemos la Política Nacional de Accesibilidad; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 247-2024-VIVIENDA, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, que tiene por objeto la formulación y diseño de la propuesta de Política Nacional de Accesibilidad Universal al 2040, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante, Grupo de Trabajo; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 247-2024-VIVIENDA dispone que el Grupo de Trabajo tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, de acuerdo con el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, los grupos de trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio del cual dependen; Que, mediante la Nota N° 117-2025-VIVIENDA/ VMVU-DGADT que contiene el Informe Técnico Legal N° 02-2025-VIVIENDA/VMVU/DGADT-DA-RCIS-JFOS de la Dirección de Accesibilidad, la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico sustenta y propone la ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 30 de junio de 2026, conforme a lo señalado en el Acta de la Sesión Extraordinaria N° 05-2025 de fecha 19 de diciembre de 2025, motivo del Grupo de Trabajo; Que, con el Memorando N° 03-2025-VIVIENDA/ VMVU/DGADT-DA que contiene el Informe Técnico Legal N° 03-2025-VIVIENDA/VMVU/DGADT-DA-RCIS- JFOS, la Dirección de Accesibilidad remite a la O fi cina de Planeamiento y Modernización el expediente con el sustento técnico legal de la ampliación peticionada; Que, a través del Memorando N° 2284-2025-VIVIENDA/ SG-OGPP, la OGPP en atención al Informe N° 506-2025-VIVIENDA/OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, considera oportuna la ampliación de la vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 30 de junio de 2026; Que, mediante el Informe N° 1083-2025-VIVIENDA/SG- OGAJ, la OGAJ emite opinión legal favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial formulada por la DGADT; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 7.2 del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 247-2024-VIVIENDA Modi fi car el numeral 7.2 del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 247-2024-VIVIENDA, en los siguientes términos: