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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 186

186 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la garantía de fi el cumplimiento por prestaciones accesorias”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; Que, en mérito al Acuerdo N° 008-002-2019/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza la aprobación en el artículo 1 de la Resolución N° 016-2019-OSCE/PRE la Directiva N° 004-2019-OSCE/CD “Disposiciones sobre el contenido de resumen ejecutivo de las actuaciones preparatorias”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; asimismo, se formaliza la aprobación de la modi fi cación del literal c) del numeral 7.2 y del acápite VIII, así como se formaliza la incorporación del formato “Resumen Ejecutivo del Estudio de las Actuaciones Preparatorias Servicios a contratar en el marco de la Decimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, como anexo de la Directiva, conforme a los artículos 1 y 2, respectivamente, de la Resolución N° 099-2019-OSCE/PRE de fecha 28 de mayo de 2019, en mérito al Acuerdo N° 004-005-2019/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 005-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2019 del Consejo Directivo del OSCE. Posteriormente, se formaliza la aprobación de la modi fi cación del numeral 7.1, el literal c) del numeral 7.2 y el acápite VIII, así como se formaliza la incorporación del formato “Resumen Ejecutivo de las Actuaciones Preparatorias para bienes y servicios a ser contratados de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 070-2020” como anexo, conforme a los artículos 1 y 2, respectivamente, de la Resolución N° 080-2020-OSCE/PRE de fecha 25 de junio de 2020, en mérito al Acuerdo N° 002-007-2020/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 007-2020/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; Que, en mérito al Acuerdo N° 005-002-2019/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/ OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza la aprobación, en el artículo 1 de la Resolución N° 017-2019-OSCE/PRE, de fecha 29 de enero de 2019, de la Directiva N° 005-2019-OSCE/CD “Participación de proveedores en consorcio en las contrataciones del Estado”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; Que, en mérito al Acuerdo N° 003-002-2019/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, en el artículo 1 de la Resolución N° 018-2019-OSCE/PRE, de fecha 29 de enero de 2019, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2019-OSCE/CD “Procedimiento de Selección de Subasta Inversa Electrónica”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; asimismo, se formaliza la aprobación de su modi fi cación, que entra en vigencia a partir del 28 de octubre del 2022, conforme al artículo 1 de la Resolución N° D000213-2022-OSCE-PRE de fecha 26 de octubre de 2022, en mérito al Acuerdo N° 004-011- 2022/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 011-2022/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; Que, en mérito al Acuerdo N° 002-006-2019/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 006-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 10 de junio de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con la Resolución N° 112-2019-OSCE/PRE, de fecha 13 de junio de 2019, la aprobación de la Directiva N° 011-2019- OSCE/CD “Disposiciones sobre el contenido del convenio de compra corporativa facultativa”; Que, en mérito al Acuerdo N° 001-009-2019/OSCE- CD de la Sesión del Consejo Directivo N° 009-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con el artículo de la Resolución N° 183-2019-OSCE/PRE, de fecha 18 de octubre de 2019, la aprobación de la Directiva N° 013-2019-OSCE/CD “Intervención Económica de la Obra”; Que, en mérito al Acuerdo N° 001-005-2020/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 005-2020/OSCE-CD - Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza con Resolución N° 061-2020-OSCE/PRE, de fecha 19 de mayo de 2020, la aprobación de la Directiva N° 005-2020-OSCE/CD “Alcances y Disposiciones para la reactivación de Obras Públicas y Contratos de Supervisión, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1486”; asimismo, se formaliza la aprobación de la modi fi cación de los numerales 6.2 y 7.1.1 de la Directiva N° 005-2020-OSCE/CD, conforme al artículo 1 de la Resolución N° 102-2020-OSCE/PRE de fecha 30 de julio de 2020, en mérito al Acuerdo N° 003-010-2020/OSCE-CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 010-2020/OSCE-CD; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 8.1.14 de la Directiva N° 003-2025-OECE/GG, Directiva para la Gestión de Documentos Normativos Institucionales, aprobada por Resolución de Gerencia General N° D000053-2025-OECE-GG, puede proponerse la derogación de documentos normativos institucionales de alcance interno, entre otros criterios, cuando el documento normativo contiene disposiciones que han sido superadas por nuevas normas o lineamientos vigentes; Que, mediante Informe N° D000074-2025-OECE- DTN, la Dirección Técnico Normativa sustenta la propuesta de la derogación de las Directivas N° 004-2016-OSCE/CD, N° 022-2016 -OSCE/CD, N° 023-2016 -OSCE/CD, N° 007-2017-OSCE/CD, N° 012-2017-OSCE/ CD, N° 001-2018-OSCE/CD, N° 002-2019-OSCE/CD, N° 003-2019-OSCE/CD, N° 004-2019-OSCE/CD, N° 005-2019-OSCE/CD, N° 006-2019-OSCE/CD, N° 011-2019-OSCE/CD, N° 013-2019-OSCE/CD y N° 005-2020-OSCE/CD; lo cual incluye sus respectivas modi fi caciones; precisando que, sin perjuicio de la derogatoria expresa de los dispositivos normativos precitados, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069 establece que los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida Ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria, por lo que la normativa de contrataciones públicas dispone que, aquellos procedimientos de selección que han sido convocados antes de la entrada en vigencia de la citada Ley, continúan rigiéndose por las normas vigentes al momento de su convocatoria, permitiéndose así, la aplicación ultractiva de la anterior normativa de contrataciones del Estado; Que, mediante Memorando N° D001023-2025-OECE- OPPM, que adjunta el Informe N° D000258-2025-OECE- UMOD de la Unidad de Modernización, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y emite opinión técnica favorable para la derogación de las Directivas N° 004-2016-OSCE/CD, N° 022-2016 -OSCE/CD, N° 023-2016 -OSCE/CD, N° 007-2017-OSCE/CD, N° 012-2017-OSCE/CD, N° 001-2018-OSCE/CD, N° 002-2019-OSCE/CD, N° 003-2019-OSCE/CD, N° 004-2019-OSCE/CD, N° 005-2019-OSCE/CD, N° 006-2019-OSCE/ CD, N° 011-2019-OSCE/CD, N° 013-2019-OSCE/CD y N° 005-2020-OSCE/CD; incluyendo sus modi fi catorias; Que, mediante Informe N° D000247-2025-OECE- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que es legalmente viable continuar con el trámite para la derogación de las Directivas, N° 004-2016-OSCE/CD, N° 022-2016-OSCE/CD, N° 023-2016-OSCE/CD, N° 007- 2017-OSCE/CD, N° 012-2017-OSCE/CD, N° 001-2018-OSCE/CD, N° 002-2019-OSCE/CD, N° 003-2019-OSCE/CD, N° 004-2019-OSCE/CD, N° 005-2019- OSCE/CD, N° 006-2019-OSCE/CD, N° 011-2019-OSCE/CD, N° 013-2019-OSCE/CD y N° 005-2020-OSCE/CD, incluida sus respectivas modi fi catorias, aprobadas o formalizadas por Resolución N° 011-2016-OSCE/PRE, Resolución N° 239-2025-OSCE/PRE, Resolución N° 274-2016-OSCE/PRE, Resolución N° 007-2017-OSCE/CD, Resolución N° 014-2017-OSCE/CD (y modi fi catoria), Resolución N° 016- 2018-OSCE/PRE, Resolución N° 014-2019-OSCE/PRE ( y modi fi catoria), Resolución N° 015-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 016-2019-OSCE/PRE (y modi fi catorias), Resolución N° 017-2019-OSCE/PRE, Resolución N° 018- 2019-OSCE/PRE (y modi fi catoria), Resolución N° 112- 2019-OSCE/PRE, Resolución N° 183-2019-OSCE/PRE , Resolución N° 061-2020-OSCE/PRE (y modi fi catoria), respectivamente, por cuanto se emitieron en el marco de una normativa de contrataciones públicas que no se encuentra vigente a la fecha; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante acuerdo adoptado en la Sesión de Consejo Directivo N° 11- 2025/OECE-CD, el Consejo Directivo del OECE acordó,