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185 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva y a las Unidades de Gestión de Concursos, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. SIXTO ENRIQUE SÁNCHEZ CALDERÓN Presidente Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación CONCYTEC 2473083-1 ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES Formalizan la derogación de diversas directivas del OSCE, emitidas en el marco de una normativa de contrataciones públicas que no se encuentra vigente a la fecha RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D000129-2025- OECE-PRE Jesús María, 29 de diciembre del 2025VISTOS:El Informe N° D000074-2025-OECE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el Memorando N° D001023- 2025-OECE-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000258- 2025-OECE-UMOD de la Unidad de Modernización; el Informe N° D000247-2025-OECE-OAJ y el Informe N° D000320-2025-OECE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 11- 2025/OECE-CD del Consejo Directivo del OECE; y, CONSIDERANDO:Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal b) del artículo 10 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OECE, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000090-2025-OECE-PRE, establece dentro de las funciones y atribuciones del Consejo Directivo, la de aprobar las directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública; Que, el literal o) del artículo 12 del Texto Integrado Actualizado del ROF del OECE, establece como una de las funciones de la Presidencia Ejecutiva la de proponer al Consejo Directivo los proyectos de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación públicas; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86 y el literal c) del artículo 87 del Texto Integrado Actualizado del ROF del OECE, la Dirección Técnico Normativa es el órgano de línea, encargado de promover la generación de directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, absolver consultas sobre el sentido o alcance de la normativa vigente; y, tiene entre sus funciones, el evaluar y proponer directivas y lineamientos de alcance general en materia de contratación pública, respectivamente; Que, en mérito al Acuerdo N° 004-002-2016/OSCE- CD de la Sesión Ordinaria N° 002-2016/OSCE-CD del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) de fecha 9 de enero de 2016, se aprueba en el artículo 1 de la Resolución N° 011-2016-OSCE/PRE, de fecha 9 de enero de 2016, la Directiva N° 004-2016-OSCE/CD “Lineamientos para la contratación en la que se hace referencia a determinada marca o tipo particular”; Que, en mérito al Acuerdo N° 002-010-2016/OSCE- CD de la Sesión Ordinaria N° 006-2016/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 23 de junio de 2016, se aprueba con Resolución N° 239-2016-OSCE/PRE, de fecha 28 de junio de 2016, la Directiva N° 022-2016-OSCE/CD “Disposiciones aplicables a la Comparación de Precios”; asimismo, se formaliza la aprobación de la modi fi cación de su numeral 6.1 del acápite 6, así como la formalización de la modi fi cación del numeral 4 de su Anexo 1, mediante el artículo 1 y artículo 2, respectivamente, de la Resolución N° 094-2020-OSCE/PRE, de fecha 13 de julio de 2020, en mérito al Acuerdo N° 003-009-2020/OSCE-CD de la Sesión del Consejo Directivo N° 009-2020/OSCE-CD del OSCE; Que, en mérito al Acuerdo N° 001-011-2016/OSCE- CD de la Sesión Ordinaria N° 007-2016/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 21 de julio de 2016, se aprueba con Resolución N° 274-2016-OSCE/PRE, de fecha 22 de julio de 2016, la Directiva N° 023-2016-OSCE/CD “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones; Que, en mérito al Acuerdo N° 013-001-2017/OSCE- CD de la Sesión Ordinaria N° 001-2017/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 31 de marzo de 2017 se aprueba, en el artículo 2 de la Resolución N° 007-2017-OSCE/CD, de fecha 31 de marzo de 2017, la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones aplicables a los catálogos electrónicos de acuerdo marco”; Que, en mérito al Acuerdo N° 002-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria N° 002-2017/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 9 de mayo de 2017, se aprueba con la Resolución N° 014-2017-OSCE/CD, de fecha 9 de mayo de 2017, la Directiva N° 012-2017-OSCE/CD “Gestión de riesgos en la plani fi cación de la ejecución de obras”; asimismo, es modi fi cada mediante el artículo 1 de la Resolución N° 018-2017-OSCE/CD, de fecha 23 de mayo de 2017, en mérito al Acuerdo N° 004- 003-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria N° 003-2017/ OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 23 de mayo de 2017; Que, en mérito al Acuerdo N° 005-001-2018/PSCE- CD de la Sesión Ordinaria N° 001-2018/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE de fecha 16 de marzo de 2018, se aprueba con Resolución N° 016-2018-OSCE/ PRE, de fecha 16 de marzo de 2018, la Directiva N° 001-2018-OSCE/CD “Requisito de solvencia económica en adjudicaciones simpli fi cados cuyo uso se autoriza mediante normas de excepción”; Que, en mérito al Acuerdo N° 002-002-2019/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/OSCE- CD, Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del OSCE fecha 28 de enero de 2019, se formaliza la aprobación en el artículo 1 de la Resolución N° 014-2019-OSCE/PRE la Directiva N° 002-2019-OSCE/CD “Plan Anual de Contrataciones”, que entra en vigencia a partir del 30 de enero de 2019; asimismo es modi fi cada mediante el artículo 1 de la Resolución N° 213-2021-OSCE/PRE, de fecha 30 de diciembre de 2021, en mérito al Acuerdo N° 003-0012-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión del Consejo Directivo N° 012-2021/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; Que, en mérito al Acuerdo N° 006-002-2019/OSCE- CD de la Sesión de Consejo Directivo N° 002-2019/OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2019 del Consejo Directivo del OSCE, se formaliza la aprobación en el artículo 1 de la Resolución N° 015-2019-OSCE/PRE, de fecha 29 de enero de 2019, la Directiva N° 003-2019-