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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 171

171 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / “Artículo 7.- Instalación y vigencia (…)7.2. El Grupo de Trabajo tiene una vigencia hasta el 30 de junio de 2026” . Artículo 2.- Noti fi cación Se dispone la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a las unidades de organización y entidades integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2473080-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado -Versión 1 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 113-2025- VIVIENDA-SG Lima, 29 de diciembre de 2025 VISTOS: El Memorando N° 2291-2025-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 508-2025-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, el “Acta de Validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado Versión 1 del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, el Informe N° 1078-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del SINAPLAN; Que, el inciso 12 del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la programación multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055- 2024/CEPLAN/PCD se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional” señala que el POI Anual en ejecución se actualiza cuando se presenta, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación o inactivación de Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado con el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establece que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los sistemas de planeamiento, modernización, inversión pública y de presupuesto; asimismo, el literal a) del artículo 40 del citado Reglamento establece que la Ofi cina de Planeamiento y Modernización tiene como función coordinar, formular y actualizar los planes estratégicos sectorial e institucional y el plan operativo institucional, así como realizar estudios prospectivos e investigaciones para el planeamiento sectorial; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA, se constituye la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, determinar el plan de trabajo para elaborar o modi fi car el PEI y el POI, así como, validar el documento del PEI y POI; Que, con la Resolución Ministerial N° 481-2024-VIVIENDA, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025; Que, con el “Acta de Validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado Versión 1 del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, constituida con la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA, valida el proyecto del “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 actualizado versión 1 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; asimismo, en la citada Acta se señala que la actualización del POI se debe a las modi fi caciones presupuestales vigentes al 30 de noviembre de 2025, así como a la inclusión y exclusión de actividades operativas e inversiones respecto de las metas programadas, entre otros ajustes en la programación; Que, con el Memorando N° 2291-2025-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 508-2025-VIVIENDA/ OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, con el cual sustenta y propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado - Versión 1 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para lo cual, señala que el mismo ha sido elaborado en coordinación con los centros de costo del Ministerio, de acuerdo a los lineamientos metodológicos establecidos en la “Guía para el Planeamiento Institucional” y cuenta con la validación de la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, a través del Acta de Validación citado en el considerando precedente; habiéndose registrado en el aplicativo CEPLAN V.01 las respectivas modi fi caciones; Que, mediante el Informe N° 1078-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica