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43 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / Que, el articulo 13 de Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala: “El Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)”; el literal a) del artículo 15 establece que es atribución de Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº27902, establece que los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas pertinentes a través de Ordenanzas Regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el artículo 45 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República y el literal a) del Articulo acotado, señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional, la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con el artículo 4 Literales a) y b) de la Ley Nº27902, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Ley Nº 27658, Ley marco de modernización de la Gestión del estado, declara al Estado, declara al estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 117- 2016-CR/GRC CUSCO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de febrero del 2017, se aprobó el “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco”, como instrumento normativo y de gestión que regula el trámite de los usuarios o administrados a través de los servicios que presta el Gobierno Regional de Cusco, la misma que fue modifi cada a través de la Ordenanza Regional Nº 206- 2021-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 02 de enero del año 2022, que incorporó 72 procedimientos administrativos, 01 servicio prestado en exclusividad estandarizado y 02 servicios prestados en exclusividad, asimismo, se dejó sin efecto 34 procedimientos administrativos. La segunda modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos fue a través de la Ordenanza Regional Nº215-2022-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 2 de septiembre del año 2022, la cual incorporó 86 procedimientos administrativos estandarizados y eliminó 30 procedimientos administrativos. Finalmente, la tercera modifi cada por el Decreto Regional Nº 007-2022GR CUSCO/GR, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 27 de enero del año 2023, mediante el cual se aprobó la eliminación de 208 procedimientos administrativos y 28 servicios prestados en exclusividad; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 176- 2020-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 09 de octubre del año 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cusco, modifi cado por Ordenanza Regional Nº 214-2022- CR/GR CUSCO y mediante la Resolución Gerencial General Regional Nº 320-2020-GR CUSCO/ GGR, de fecha 02 de octubre del año 2020, se aprueba el plan de implementación del Reglamento de Organización y Funciones, donde se establecen procedimientos y actividades que se tienen que llevar a cabo para dicha implementación, en las cuales está la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó la creación de la herramienta de Sistema Único de Trámites (SUT), con la fi nalidad de sistematizar el registro, revisión, visado, aprobación y publicación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que permite el análisis y simplifi cación del procedimiento (Tablas ASME), la sustentación técnica del costo, elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos AL Administrativos (TUPA) en menor tiempo; Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM/SGP, se aprueba la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único COMUNICADO PROCESOS CONSTITUCIONALES Se hace de conocimiento a los entes emisores de Resoluciones de Procesos Constitucionales que todas las solicitudes de publicación se efectúan solo a través de la plat aforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña oto rgado a cada Entidad. Los archivos que se remiten a través del PGA, deben adecuarse a las exigencias de la plataforma y cumplir con el mandato legal que dispone su publicación en el Diario Ofi cia l El Peruano. Si la Resolución incluye cuadros o tablas de texto, éstos deben ser editables; si incluye imágenes, formulas, gráfi cos etc, éstos deben ser legibles y en alta resolución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entida d que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES