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32 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS; Que, mediante Ley Nº 32185, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y por Resolución Directoral Nº 000124-2024-OTASS-DE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Que, a través del Informe Técnico Nº 000113- 2024-OTASS-OPP, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, como órgano responsable de la materia, solicita la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025, otorgando su conformidad al respecto, señalando entre otros, lo siguiente: i) Con base al PIA 2025 aprobado, se procedió a la consistencia de las metas físicas y fi nancieras de 133 AOI del POI 2025, siendo ajustado dichas actividades operativas al monto asignado por Centros de Costo, Objetivos Estratégicos Institucional, Unidad Ejecutora y Actividades Operativas Institucionales; y ii) La consistencia del POI con el PIA 2025 del Pliego 207 OTASS, se ajusta a la metodología establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional; por lo que esta Ofi cina opina en forma favorable para la aprobación del POI consistenciado con el PIA 2025; Que, mediante Resolución Directoral Nº 016-2019-OTASS/DE de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, la misma que mediante Acta Nº 007-2024-OTASS/CPE, procede a validar el instrumento citado en el considerando precedente, conforme a lo siguiente: Validar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2025 del OTASS; Que, por su parte, el literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA, dispone que es función del Consejo Directivo, aprobar las políticas institucionales, los planes y las estrategias de la entidad, en concordancia con las políticas y los lineamientos del Ente Rector; Que, el numeral 3.2.2 Elaboración y Aprobación del POI de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone entre otros, que el POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual; Que, mediante el Acuerdo Nº 02 de la Sesión Extraordinaria Nº 024-2024 de fecha 27 de diciembre de 2024, el Consejo Directivo del OTASS acuerda: Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, y encargar al Director Ejecutivo la expedición de la Resolución de Dirección Ejecutiva que formalice la citada aprobación; Que, mediante Informe Legal Nº 000407-2024-OTASS- OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica en base a lo informado por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, opina por la viabilidad legal de tramitación de la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025, conforme a la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, con Informe Nº 000329-2024-OTASS-GG del 27 de diciembre de 2024, la Gerencia General informa a la Dirección Ejecutiva que se ha efectuado la revisión del expediente administrativo y encontrándolo conforme, remite los actuados para la emisión del respectivo acto resolutivo; Con el visado de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 055-2024-CEPLAN/PCD, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2024-VIVIENDA, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalización del Acuerdo Formalizar el Acuerdo Nº 02 adoptado por el Consejo Directivo en Sesión Extraordinaria N° 024-2024 de fecha 27 de diciembre de 2024, que aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025 del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución. Artículo 2.- Seguimiento y Evaluación Disponer que la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto efectúe el seguimiento y evaluación del instrumento aprobado en el artículo 1. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Asimismo, la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo 2358385-1 Delegan facultades a diversos órganos y unidades orgánicas del OTASS durante el ejercicio presupuestal 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000130-2024-OTASS-DE Lima, 28 de diciembre de 2024 VISTOS:El Informe N° 000731-2024-OTASS-OA de la Ofi cina de Administración; el Informe N° 000411-2024-OTASS-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 000412-2024-OTASS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 000674-2024-OTASS-GG y el Informe N° 000330-2024-OTASS-GG de la Gerencia General; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modifi catorias, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores;