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31 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / de selección y contrataciones menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades. 3.1.2. Suscribir, en representación del OEFA, los contratos, las órdenes de compra y servicio correspondientes a las contrataciones de bienes y servicios, de ser el caso sus adendas, cuyos montos, sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. 3.1.3. Resolver las órdenes de compra y servicio relativas a la contratación de bienes y servicios derivados de contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. 3.1.4. Autorizar la compra a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. 3.1.5. Aprobar el expediente de contratación para la compra a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias Artículo 4°.- Delegar las siguientes facultades a el/ la Jefe/a de la Ofi cina de Tecnologías de la Información del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, durante el Año Fiscal 2025: 4.1. Facultades en materia administrativa:4.1.1. Gestionar la emisión y cancelación de los Certifi cados Digitales de los Suscriptores a nombre de la Entidad, en calidad de Titular, en el marco de la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Certifi cación Digital - Certifi cado Clase III - Persona Jurídica, a ser suscrito entre el RENIEC y el OEFA. 4.1.2. Gestionar la emisión y cancelación de los Certifi cados Digitales de los Suscriptores a nombre de la Entidad, en calidad de Titular, en el marco de la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Certifi cación Digital - Certifi cado Clase V Agente Autorizado - Persona Jurídica, a ser suscrito entre el RENIEC y el OEFA. 4.1.3. Asumir las obligaciones del Titular, establecidas en el artículo 15° del Reglamento de la Ley de Firmas y Certifi cados Digitales, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2008-PCM y las que se deriven de los Contratos suscritos entre el RENIEC y el OEFA. Artículo 5°.- Delegar a el/la Jefe/a de la Ofi cina de Administración, a el/la Director/a de la Dirección de Evaluación Ambiental y a el/la Director/a de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, durante el Año Fiscal 2025, la facultad de aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión o inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) que se encuentren a su cargo. Artículo 6°.- El/La Gerente/a General, el/la Jefe/a de la Ofi cina de Administración, el/la Jefe/a de la Ofi cina de Tecnologías de la Información, el/la Director/a de la Dirección de Evaluación Ambiental, el/la Director/a de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental y el/la Ejecutivo/a de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración deben informar trimestralmente a la Presidencia del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 7°.- El/La Ejecutivo/a de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina de Administración debe informar trimestralmente a la Ofi cina de Administración respecto de las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 8°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.gob.pe/oefa). Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN EDGARDO NARCISO CHÁVEZ Presidente del Consejo Directivo 2358164-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Formalizan Acuerdo que aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2025 del OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000129-2024-OTASS-DE Lima, 28 de diciembre de 2024 VISTOS:El Informe Técnico Nº 000113-2024-OTASS-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 000407-2024-OTASS-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 000329-2024-OTASS-GG; CONSIDERANDO:Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, dispone que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, actualizada con Resolución de Presidencia Consejo Directivo Nº 055-2024-CEPLAN/PCD, establece pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modifi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en adelante la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el numeral 3.2.2 Elaboración y Aprobación del POI, del Capítulo 3 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, dispone que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000045-2024- DE se aprueba el Plan Estratégico Institucional 2023-2027 Ampliado del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, y mediante Resolución Directoral Nº 000046-2024-OTASS-DE se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 del