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39 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2025 El Peruano / Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2025 del RENIEC; Que con los documentos del visto, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto (hoy Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), ha sustentado la necesidad de aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) para el Año Fiscal 2025, con la fi nalidad de realizar el seguimiento y evaluación de las actividades operativas en su respectivo año de implementación; precisando que el Plan Operativo Institucional 2025 del RENIEC, ha sido desarrollado en base a los lineamientos establecidos en la Guía de Planeamiento Institucional de CEPLAN; Que la Jefatura Nacional es el órgano de la Alta Dirección del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, a cargo de la Jefa Nacional quien se constituye en la máxima autoridad de la institución y tiene entre sus diversas funciones y atribuciones, “Emitir Resoluciones Jefaturales y otras disposiciones administrativas de la institución”, conforme lo establece el literal i) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); Que fi nalmente es importante hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural; y, Contando con la opinión favorable de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto (hoy Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y; conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional Anual 2025 del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, para el año fi scal 2025 cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.reniec.gob.pe conjuntamente con el texto del Plan Operativo Institucional Anual 2025 del RENIEC. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2358414-1 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Tribunal Constitucional durante el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 214-2024 -P/TC Lima, 26 de diciembre de 2024 VISTALa Resolución Administrativa 153-2024-P/TC de fecha 25 de septiembre de 2024; y,CONSIDERANDO Que, el Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás órganos constitucionales. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del TUO de la Ley 27444, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; asimismo, el numeral 78.2 del mismo artículo estipula que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, el literal w) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 196-2022-P/TC, de fecha 30 de noviembre de 2022, rectifi cado con la Resolución Administrativa 084-2023-P/ TC, señala entre las funciones del Presidente del Tribunal Constitucional, el delegar el ejercicio de las competencias que no impliquen una relación con el Pleno, como la delegación en el Vicepresidente o en otro magistrado, de las relativas al personal, excepto la contratación laboral; en el Secretario General las relativas a la formulación de planes de trabajo de orden jurisdiccional; y en el Director General de Administración, las funciones que le correspondan como órgano de contratación; Que, de acuerdo con la estructura orgánica del Tribunal Constitucional, contenida en el ROF, con el propósito de desconcentrar las facultades y optimizar la gestión administrativa del Tribunal Constitucional, resulta necesario delegar diversas facultades y atribuciones asignadas al Titular del Tribunal Constitucional, no privativas de su función como Titular de la entidad; Que, según el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el citado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la entidad; siendo que, el Titular es responsable solidario con el delegado. Asimismo, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo 304-2012-EF, “[l]as modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano”; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 082-2019-EF, se desprende que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga, salvo los casos expresamente previstos en el reglamento la citada normativa; Que, según lo establecido por el numeral 5.3 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante el Decreto Supremo 242-2018-EF, el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector es el Órgano Resolutivo del Sector. Asimismo, conforme al acápite 5 del numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo 1252, aprobado por Decreto Supremo 284-2018-EF, y su modifi catoria al Órgano Resolutivo, le corresponde, entre