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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2025 (17/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 17 de enero de 2025 El Peruano / Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima Norte. En ese sentido y estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar al abogado Erick Giancarlo Lozada Peñaloza, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima Norte. Es de precisar, que el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo que antecede surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en los considerandos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que señala las condiciones resolutorias aplicables a los fi scales provisionales. Cabe acotar que el abogado Erick Giancarlo Lozada Peñaloza, registra en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) la condición de personal administrativo contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, a plazo indeterminado; por lo que, corresponde disponerse la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Nombrar al abogado Erick Giancarlo Lozada Peñaloza, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en el despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima Norte, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtan efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal, conforme a lo señalado en el sexto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2362815-3 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 127-2025-MP-FN Lima, 16 de enero de 2025VISTOS: Los o fi cios Nºs 006528-2024-MP-FN-CFSN-FPS-DHI y 000158-2025-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, de fechas 12 de diciembre de 2024 y 9 de enero de 2025, respectivamente; así como, el informe Nº 000035-2024-MP-FN-OREF-EDQO de fecha 28 de diciembre de 2024, y;CONSIDERANDO: Mediante los escritos de fechas 4 de diciembre de 2024 y 8 de enero de 2025, el abogado David Ángel Oscanoa Lagos, fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Huánuco, designado en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco; presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales, solicitando la exoneración del plazo de ley e informando como su último día de labores al 10 de enero de 2025. Asimismo, a través de los o fi cios de vistos, la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, eleva la mencionada renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación; así también, otorga su conformidad y visto bueno a la carta de renuncia, considerando como último día de labores el 10 de enero de 2025. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aplicable supletoriamente al régimen especial de carrera de los señores fi scales, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma. Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar con e fi cacia anticipada la renuncia de la referida fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado David Ángel Oscanoa Lagos, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Huánuco, designado en el despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad del Distrito Fiscal de Pasco y Huánuco, con sede en la ciudad de Huánuco; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 11 de enero de 2025 su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2727-2023 MP- FN, de fecha 18 de octubre de 2023. Artículo Segundo. - Hacer de conocimiento al abogado David Ángel Oscanoa Lagos que la entrega de cargo se efectúa conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones realice la gestión correspondiente a fi n que el abogado David Ángel Oscanoa Lagos contratado a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa.