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17 NORMAS LEGALES Sábado 18 de enero de 2025 El Peruano / Que, con fecha 06 de agosto de 2014, se suscribió la Adenda N° 1 al CONTRATO SGT, con el objeto de modi fi car las fechas de cumplimiento de plazos del anexo 7 del referido contrato; mientras que con fecha 14 de febrero de 2017, se suscribió la Adenda N° 2 al CONTRATO SGT, con el objeto de modi fi car el índice de actualización de la Base Tarifaria (WPSFD4131); Que, mediante Resolución Ministerial N° 282-2023-MINEM/DM, de fecha 17 de julio de 2023, se autorizó la suscripción de la Adenda N° 3 al CONTRATO SGT, a fi n de incorporar los siguientes proyectos: “Refuerzo 1: Ampliación de la SE Montalvo 500/220 kV (2do transformador)” y “Refuerzo 2: Ampliación de la SE Poroma 500/220 kV (2do transformador)”; los cuales corresponde al Plan de Transmisión 2021-2030, aprobado por Resolución Ministerial N° 422-2020-MINEM/DM; Respecto a la Concesión De fi nitiva de Transmisión Que, mediante la Resolución Suprema N° 059-2012- EM, publicada el 7 de junio de 2012, se otorga a favor de ATLANTICA TRANSMISIÓN SUR S.A. la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Chilca – S.E. Marcona Nueva – S.E. Ocoña – S.E. Montalvo 2 y Subestaciones; L.T. 220 kV S.E. Marcona Nueva – S.E. Marcona Existente; y, L.T. 220 kV S.E. Montalvo Nueva – S.E. Montalvo Existente” (en adelante, la CONCESIÓN), ubicadas en las provincias de Cañete, Chincha, Ica, Nasca, Palpa, Pisco, Camaná, Caravelí, Arequipa, Caylloma, Islay y Mariscal Nieto, departamentos de Lima, Ica, Arequipa y Moquegua, aprobándose el Contrato de Concesión N° 397-2012; Que, mediante Resolución Ministerial N° 226-2017- MEM/DM, publicada el 11 de junio de 2017, se aprueba la primera modi fi cación de la CONCESIÓN y del Contrato de Concesión N° 397-2012, a fi n de consignar que la ejecución de obras y la POC del proyecto se cumplieron dentro de las fechas señaladas en el Anexo 07 del CONTRATO SGT; Que, mediante documento con Registro N° 3859278, de fecha 5 de noviembre de 2024, complementado con documento con Registro N° 3872626, de fecha 29 de noviembre de 2024, ATLANTICA TRANSMISIÓN SUR S.A. solicitó la segunda modi fi cación de la CONCESIÓN y del Contrato de Concesión N° 397-2012, con la fi nalidad de incluir los proyectos: “Refuerzo 1: Ampliación de la SE Montalvo 500/220 kV (2do transformador)” y “Refuerzo 2: Ampliación de la SE Poroma 500/220 kV (2do transformador)”, incorporados al CONTRATO SGT mediante la Adenda N° 3, aprobada por Resolución Ministerial N° 282-2023-MEM/DM; Que, de conformidad con el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la aprobación de solicitudes de modi fi cación de concesiones o autorizaciones, cuando corresponda, están sujetas a la actualización de los requisitos y veri fi cación de las condiciones previstas en dicho artículo, y las normas de inversión privada correspondientes; Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 37-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la modi fi cación de concesiones y/o autorizaciones están sujetas a la actualización de los requisitos de su otorgamiento establecidos en el artículo 25 de la Ley, cuando corresponda; Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han veri fi cado que la solicitud presentada cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, por lo que concluyen que corresponde aprobar la segunda modi fi cación de la CONCESIÓN y del Contrato de Concesión N° 397-2012, en los términos y condiciones que aparecen en la minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, insertando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 438-2017-MEM/DM, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 084-2019- MEM/DM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la segunda modi fi cación de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión de 500 kV S.E. Chilca – S.E. Marcona Nueva – S.E. Ocoña – S.E. Montalvo 2 y Subestaciones; L.T. 220 kV S.E. Marcona Nueva – S.E. Marcona Existente; y, L.T. 220 kV S.E. Montalvo Nueva – S.E. Montalvo Existente”, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar la segunda modi fi cación al Contrato de Concesión N° 397-2012 solicitada por ATLANTICA TRANSMISIÓN SUR S.A., en lo referido a modi fi car el numeral 1.3 de la Cláusula Primera, las Cláusulas Cuarta, Séptima y Décimo Segunda, el numeral 13.2 de la Cláusula Décimo Tercera, la Cláusula Décimo Cuarta, el literal d) e insertar el literal g) en el numeral 2.1 y el numeral 3 del Anexo N° 2, por las razones y fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la minuta que contiene la segunda modi fi cación del Contrato de Concesión N° 397-2012, aprobada en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente, y las minutas aclaratorias que correspondan, de ser el caso. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la segunda modi fi cación al Contrato de Concesión N° 397-2012, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario o fi cial “El Peruano” dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de ATLANTICA TRANSMISIÓN SUR S.A., de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2361499-1 PRODUCE Oficializan designación de representante de las universidades ante el Consejo Nacional para la Calidad – CONACAL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000015-2025- PRODUCE Lima,17 de enero de 2025 VISTOS: El O fi cio N° 00004-2025-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad - INACAL y el O fi cio N° 162-2024-ASUP-P de la Asociación de Universidades del Perú;