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76 NORMAS LEGALES Jueves 23 de enero de 2025 El Peruano / plani fi cación y como uno de sus objetivos organizar, dirigir, orientar, promover, conducir y evaluar en forma integral el proceso de plani fi cación urbana de la Provincia “Mariscal Nieto”; Que, el Plan de Desarrollo Urbano de Mariscal Nieto, constituye el Instrumento Normativo y de Regulación que debe seguir la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” y Municipalidades Distritales involucradas en materia de planeamiento y gestión del suelo, acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural en concordancia con la Constitución Política del Perú, en el Título I, la Ley N° 27783 - “Ley de Bases de Descentralización”, la Ley N° 27972 - “Ley Orgánica de Municipalidades”, el “Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia” y el Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA - “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Plani fi cación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018- MPMN del 28-06-3018, se aprobó el “Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016-2026; Que, por Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA, se aprueba el “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Plani fi cación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible”, la misma que contiene los procedimientos técnicos, criterios, y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modi fi cación de los Instrumentos de Plani fi cación Urbana y en los Instrumentos de Gestión Urbana contemplados en el Reglamento; Que, estando al procedimiento que contempla el Decreto Supremo Nº 012-2022-VIVIENDA, se tiene que de la revisión del Expediente que contiene el Estudio Técnico de Cambio de Zoni fi cación según el Expediente N° 2341434-2023 de los predios con U.C. 00636 Chimba Alta Ladera - U.C. 00637 La Higuera, Sector Santa Rosa, Distrito de Moquegua, Provincia “Mariscal Nieto”, Departamento de Moquegua; siendo dos (02) predios colindantes y continuos, con denominación Registral Chimba Alta Ladera U.C 00636 con Partida N° 05051617, Inscrito en la O fi cina Registral Moquegua, Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna y Predio denominado La Higuera U.C. 00637 con Partida N° 05061174, Inscrito en la Ofi cina Registral Moquegua, Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, con propuesta de Cambio de Zoni fi cación, de zoni fi cación de Zona Agrícola (ZA) a Zoni fi cación Residencial de Densidad Baja (RDB); modi fi cando así el “Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016 - 2026” que ha sido aprobado Ordenanza Municipal N° 009-2018-MPMN.POR CUANTO: El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto”, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley N° 27972 de fecha 26-05-2003, Ley N° 8230 del 03-04-1936 y Decreto Supremo N° 012-2022-VIVIENDA de fecha 04-10-2022, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” del 18-12-2024, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN AL PLAN DE DESARROLLO URBANO VIGENTE, SEGÚN EXPEDIENTE N° 2341434 U.C. 00636 CHIMBA ALTA LADERA - U.C. 00637 LA HIGUERA, SECTOR SANTA ROSA, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA “MARISCAL NIETO”, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA”. Artículo 1°.- Aprobar la propuesta de Cambio de Zoni fi cación de Zona Agrícola (ZA) a Zoni fi cación Residencial de Densidad Baja (RDB) los predios Chimba Alta Ladera U.C. 00636 con Partida Registral N° 05051617 y Predio denominado La Higuera U.C. 00637 con Partida Registral N° 05061174, ambos predios Inscritos en la Ofi cina Registral Moquegua, Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, propiedad de CREATUS SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA. Artículo 2°.- Modi fi car el “Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016 - 2026”, que ha sido aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN de fecha 28-06-2018, en el extremo que corresponde a lo aprobado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación en el Portal Web de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.JOHN LARRY COAYLA Alcalde 2362125-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES