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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2025 (23/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 23 de enero de 2025 El Peruano / designándola en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Molina. Y en su artículo tercero se dispone que el nombramiento y designación surtan efectos a partir de la fecha de juramentación en el cargo antes citado. De acuerdo al documento de visto, la abogada Jessica Marlene Ulloa Mendoza presenta su declinación como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal del Lima Este y su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Molina. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, se hace oportuno aceptar la declinación presentada por la abogada Jessica Marlene Ulloa Mendoza, por ende, dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 091-2025-MP-FN, de fecha 14 de enero de 2025, que dispone su nombramiento y designación descrita en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Por consiguiente, se mantiene los efectos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1587-2021-MP-FN, de fecha 22 de noviembre de 2021, que nombra a la abogada Jessica Marlene Ulloa Mendoza como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Pasco y su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco; dado que para la e fi cacia del nuevo nombramiento y designación necesariamente se requiere que la referida abogada haya juramentado. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 091-2025-MP-FN, de fecha 14 de enero de 2025, que resolvió el nombramiento de la abogada Jessica Marlene Ulloa Mendoza como Fiscal Provincial Provisional del Distrito de Lima Este, y su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Molina. Artículo Segundo.- Precisar, que a la fecha, se mantiene los efectos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1587-2021-MP-FN, de fecha 22 de noviembre de 2021, que nombra a la abogada Jessica Marlene Ulloa Mendoza como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Pasco y su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco, estando que a la fecha no ha juramentado conforme lo dispone el artículo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 091-2025-MP-FN. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco y Lima Este, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina de Imagen Institucional, O fi cina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2364471-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Disponen la actualización del capital social mínimo de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el año 2025 CIRCULAR Nº CS -42-2025 Lima, 21 de enero de 2025 CIRCULAR Nº CS - 42 - 2025 AS - 37 - 2025 ---------------------------------------------------------------- Ref.: Actualización del capital social mínimo correspondiente al año 2025 ---------------------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), esta Superintendencia dispone la actualización de los capitales mínimos de las empresas corredoras de seguros y auxiliares de seguros para el año 2025, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas, aprobado por Resolución SBS Nº 808-2019 y sus normas modi fi catorias, y asimismo, sobre la base de lo señalado en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, se dispone la publicación de la presente Circular.A continuación se indica la información referida en el párrafo anterior: ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS CORREDORAS DE SEGUROS Y AUXILIARES DE SEGUROS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2025 (EN SOLES) 1. Empresas Corredoras de Seguros1 26 750 2. Empresas Auxiliares de Seguros 1 2.1. Ajustadores de Siniestros 26 750 2.2. Peritos de Seguros 26 750 1 Capital social = 5 UIT, actualización sobre la base de la UIT para el año 2025: S/ 5 350 Atentamente, SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 2363982-1 Disponen la actualización del capital mínimo de las AFP para el año 2025 CIRCULAR Nº AFP -185-2025 Lima, 21 de enero de 2025 Actualización del capital mínimo de las AFP para el año 2025 Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349