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6 NORMAS LEGALES Viernes 31 de enero de 2025 El Peruano / Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; así como, en el Decreto Supremo N° 004-2013-DE, que precisa los alcances del Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno. Artículo 6.- Financiamiento La implementación del presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo a las demandas adicionales que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al procedimiento que prevé el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ Ministro de Defensa JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2367165-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 014-2025-PCM Mediante O fi cio N° 000119-2025-DP/SCM, la Secretaría General del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 014- 2025-PCM, publicado en la edición del día viernes 24 de enero de 2025. - En el artículo 3 del Decreto Supremo N° 014- 2025-PCM, que modi fi ca, entre otros, el artículo 14 del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2010-PCM; DICE:“Artículo 14.- De la Secretaría Técnica y sus funciones El Tribunal cuenta con una Secretaría Técnica, cuya función principal es dirigir la tramitación de los expedientes que se sometan a conocimiento del Tribunal, así como gestionar y prestar el apoyo técnico y administrativo para el normal funcionamiento de las actividades del Tribunal, actuando de enlace con la estructura administrativa de SERVIR. Depende funcionalmente del Presidente del Tribunal y sus funciones especí fi cas se encuentran desarrolladas en el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR. ” DEBE DECIR: “Artículo 14.- De la Secretaría Técnica y sus funciones El Tribunal cuenta con una Secretaría Técnica, cuya función principal es dirigir la tramitación de los expedientes que se sometan a conocimiento del Tribunal, así como gestionar y prestar el apoyo técnico y administrativo para el normal funcionamiento de las actividades del Tribunal, actuando de enlace con la estructura administrativa de SERVIR. Depende del Presidente del Tribunal y sus funciones especí fi cas se encuentran desarrolladas en el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR. ” 2367169-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en la República Federal de Alemania RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 024-2025- MINCETUR Lima, 30 de enero de 2025 VISTO, el O fi cio N° 000029-2025-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, se llevará a cabo del 5 al 7 de febrero de 2025, el “Fruit Logistica 2025”, evento especializado en la comercialización de frutas y verduras frescas, constituyendo la principal plataforma comercial para los referidos productos en el mundo; Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento tiene por fi nalidad mantener el posicionamiento del Perú como uno de los principales proveedores de productos de frutas frescas, incrementar la cartera y propiciar la generación de negocios para Pymes exportadoras peruanas de frutas y verduras y recopilar contactos comerciales para las futuras actividades de promoción comercial e información comercial respecto a innovación y tendencias; para tal efecto, se tiene previsto ejecutar acciones previas necesarias para la óptima presentación en el referido evento desde el día 4 de febrero del año en curso; Que, es de interés institucional la participación del señor Juan Antonio Portugal Quinteros, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, en el evento “Fruit Logistica 2025”, para que en representación de PROMPERÚ realice acciones de promoción de las exportaciones; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo