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20 NORMAS LEGALES Viernes 31 de enero de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio N° GEO-O-JC-171224-03 de fecha 17 de diciembre de 2024 y correo electrónico de fecha 18 de diciembre de 2024, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) con fi rma la invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, para participar en la 3ra. Conferencia Técnica de la NTO (Network of Tax Organisations - Red de Organizaciones Tributarias), que se realizará en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 18 al 20 de febrero de 2025, e incluye la invitación al Superintendente Nacional a participar como panelista en la sesión “Maximizar los ingresos de las plataformas digitales extranjeras” el día 19 de febrero de 2025; Que, el CIAT es un organismo internacional público, sin fi nes de lucro, cuya misión es promover la cooperación internacional y el intercambio de experiencias y buenas prácticas, relacionadas con las necesidades e intereses de sus países miembros, entre los cuales se encuentra el Perú, con un fi rme compromiso de alcanzar resultados cuanti fi cables, dirigidos al mejoramiento de los sistemas tributarios; Que, la NTO es una red de organizaciones tributarias regionales e internacionales, cuya fi nalidad es establecer una plataforma mundial de fortalecimiento de los sistemas fi scales para contribuir al bienestar de las personas; Que, la 3ra. Conferencia Técnica de la NTO tiene como tema central “Navegando el panorama tributario digital: comercio electrónico, plataformas colaborativas y comercio de criptoactivos” en la cual se analizará el impacto de la economía digital, de la informática y de la inteligencia digital como desafíos para la recaudación tributaria; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Víctor Mejía Ninacóndor, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria en el mencionado evento, lo que se encuentra alineado con los objetivos estratégicos institucionales de la SUNAT referidos a mejorar el cumplimiento tributario y aduanero de los administrados, fortalecer la seguridad de la cadena logística en el comercio exterior y facilitar las operaciones lícitas en el comercio exterior, establecidos en su Plan Estratégico Institucional 2024-2028 Ampliado; además de constituir una oportunidad para el intercambio de experiencias con los países participantes; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SUNAT; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Víctor Mejía Ninacóndor, Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 18 al 21 de febrero de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 906.30 Viáticos (3) : US$ 945.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2366964-1 Resolución Ministerial que aprueba los montos máximos de recursos que corresponden a cada municipalidad que cumpla las metas de los indicadores evaluados del Tramo I y Tramo II del año 2024 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2025-EF/50 Lima, 30 de enero del 2025CONSIDERANDO:Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, creado mediante Ley N° 29332, es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y efi ciencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el fi nanciamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; y, por objetivos especí fi cos el mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 318-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los tramos I, II y III correspondiente al año 2024, y dicta otras disposiciones, y modi fi catoria, se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del PI para los Tramos I, II y III correspondientes al año 2024; asimismo, en el artículo 12 de los referidos Procedimientos se dispone que la transferencia de recursos del PI por el cumplimiento de las metas se realiza de acuerdo a los resultados de la veri fi cación del cumplimiento de las metas; Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que, en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, se han asignado recursos hasta por la suma de S/ 516 000 000,00