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23 NORMAS LEGALES Viernes 31 de enero de 2025 El Peruano / N° 0014-2021-EF/54.01, y modi fi catorias y, Manual de Operaciones del Programa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades y atribuciones en el/la Jefe/a de la Unidad de Administración y Finanzas: 1.1 En materia de contrataciones con el Estado: 1.1.1 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC correspondiente al Año Fiscal 2025 y sus modi fi caciones, así como evaluar su ejecución, conforme a lo dispuesto en la normativa de contrataciones vigente. 1.1.2 Suscribir, modi fi car y resolver contratos y sus respectivas adendas, relativos a la contratación de bienes y servicios. 1.1.3 Suscribir contratos cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho unidades impositivas tributarias (08 UIT), vigentes al momento de la transacción. 1.1.4 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones para bienes y servicios, hasta por el límite de 25% del monto contractual original, siempre que se cumplan las condiciones legales para proceder con dicha autorización. 1.1.5 Aprobar las solicitudes de ampliaciones de plazo en bienes y servicios. 1.1.6 Suscribir, modi fi car y resolver contratos complementarios. 1.1.7 Aprobar aquellas modi fi caciones del contrato que impliquen o no una variación del precio cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones. 1.1.8 Suscribir y tramitar las comunicaciones en el marco de las Contrataciones del Estado - OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República. 1.2. En materia de las normas y procedimientos del BIRF: 1.2.1 Suscribir y tramitar comunicaciones en el marco de las regulaciones del Banco Mundial relacionadas con asuntos inherentes con el Programa. 1.3. En materia de la programación multianual de bienes, servicios y obras: 1.3.1. Aprobar las modi fi caciones al Cuadro Multianual de Necesidades del Programa. Artículo 2°.- La delegación de facultades, así como la asignación de atribuciones a que se re fi ere la presente resolución, no exime al delegado de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo 3°.- El Jefe/a de la Unidad de Administración y fi nanzas, deberá informar trimestralmente al director ejecutivo del Programa de “Mejoramiento de los Servicios de Justicia No Penales a través de la implementación del expediente Judicial Electrónico (EJE)”, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 4°.- Notifi car la presente resolución Jefe/a de la Unidad de Administración y fi nanzas; así como disponer su publicación en el Portal de Transparencia del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia - Unidad Ejecutora 003 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, publíquese y comuníquese. DARWIN T. EUFRACIO LEÓN Director EjecutivoPrograma Mejoramiento de los Servicios de Justicia no penales a través de la Implementación del EJE Banco Mundial 2366773-1PRODUCE Designan temporalmente a servidores en el cargo de Director del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Majes - CITEagroindustrial Majes RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000013-2025-ITP/DE San Isidro, 29 de enero del 2025 VISTOS:El Memorando N° 000027-2025-ITP/CITEAGRO- MOQUEGUA de fecha 14 de enero de 2025, del Centro de Innovación Productiva y Trasferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua; el Proveído N° 000195-2025-ITP/DE de fecha 28 de enero de 2025, de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000025-2025-ITP/OGRRHH de fecha 28 de enero de 2025, de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° 000040-2025-ITP/OAJ de fecha 29 de enero de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 9° del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, concordante con el numeral 2 del artículo 17° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que los CITE públicos deben contar con un Director, quien tiene a cargo la gestión administrativa, técnica y económica del CITE, y es designado mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 036-2016-PRODUCE, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 30 de enero de 2016, se crea el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Majes - CITEagroindustrial Majes (en adelante, CITE); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00372-2024-PRODUCE de fecha 13 de setiembre de 2024, se designó temporalmente a la servidora Daphne Heela Castro Arata como Directora del CITE, en adición a sus funciones y en tanto se designe a su titular; Que, con Proveido N° 000067-2025-ITP/SG de fecha 15 de enero de 2025, la Secretaría General (en adelante, SG), traslada la solicitud a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, OGRRHH), para noti fi car el cumplimiento de la programación de vacaciones para los Directores del CITE para el período 2025, conforme a lo dispuesto por la DE, mediante Memorando N° 000011- 2025-ITP/DE; Que, con Proveído N° 000195-2025-ITP/DE de fecha 28 de enero de 2025, la Dirección Ejecutiva indicó a la SG y a la OGRRHH; continuar el trámite de encargatura del CITE, a favor del servidor Cristhian Martín Miovich Manchego, Director del CITEpesquero Ilo (en adelante, El Servidor). Que, a través del Informe N° 000025-2025-ITP/ OGRRHH de fecha 28 de enero de 2025, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, señala que El Servidor ha acreditado que, conforme al Manual de Clasi fi cador de Cargos, cumple con los requisitos mínimos necesarios para el cargo; además, ha veri fi cado que no tiene impedimentos para ejercer el mismo, conforme la Ley N° 31419, Ley que Establece Disposiciones para Garantizar la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Que, mediante Informe N° 000040-2025-ITP/OAJ de fecha 29 de enero de 2025, la O fi cina de Asesoría