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65 NORMAS LEGALES Jueves 6 de febrero de 2025 El Peruano / encuentra la opinión técnica favorable, emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, tramitado mediante el Ofi cio Nº 1463-2024-GRA/GR-GG-GRPPAT de fecha 18 de diciembre de 2024; asimismo, se dispone del veredicto favorable, emitido por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho a través de la Opinión Legal Nº 135-2024-GRA-GG-ORAJ/RJRS de fecha 17 de diciembre de 2024; por lo que la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional, como órgano colegiado del Consejo Regional de Ayacucho, en mérito a los documentos antes indicados y la sustentación oral realizado por el representante de la Sub Gerencia de Modernización Institucional, dictamina de manera favorable la aprobación de la presente norma regional; Que, igualmente, los literales a) y b) del artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por el artículo 4º de la Ley Nº 27902, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la República; teniendo como función normativa y reguladora la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones la aprobación, modi fi cación y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Por otro lado, el artículo 38º de la Ley invocada, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; asimismo el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 29053, establece que es atribución del Presidente Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Por lo que, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, y Ordenanza Regional Nº 003-2020-GRA/CR, el Consejo Regional con el voto unánime de los consejeros regionales participantes, aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, la INCORPORACIÓN de Once (11) Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Estandarizados al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ayacucho, cuyo contenido se adjunta en anexo en Tres (03) anillados, conforme al detalle siguiente: NUEVE (09) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA AYACUCHO CINCO (05) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS 1Rectificación de áreas, linderos y medidas perimétricas de predios rurales a solicitud de parte. 2Autorización de funcionamiento del Centro de Cría en Cautiverio (Zoocriaderos que incluyan solo Especies No Amenazadas, Zoológicos que Incluyan solo Especies no Amenazadas y Centros de Rescate) 3Autorización para el establecimiento de centros de propagación de especies ornamentales de flora silvestre.4Inscripción en Registro Nacional de Plantaciones Forestales (en áreas no tituladas en costa y sierra) 5Autorización para el reingreso a parcelas de corta para el aprovechamiento de madera. CUATRO (04) SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS 6Asignación de código de referencia catastral y expedición de certificado de información catastral con fines de inmatriculación de predios rurales o para la modificación física de predios rurales inscritos o para la actualización de información catastral predios rurales inscritos, ubicados en zonas no catastradas. 7Asignación de código de referencia catastral y expedición de certificado de información catastral para la modificación física de predios rurales inscritos en zonas catastradas. 8Expedición de certificado de información catastral para la inmatriculación de predios rurales en zonas catastradas. 9Visación de planos y de memoria descriptiva de predios rurales para procesos judiciales (en zonas catastradas y no catastradas) DOS (02) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS - SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO DE LA SUB GERENCIA DE GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DE LA GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DOS (02) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTANDARIZADOS 10 Evaluación de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) 11 Evaluación de la ficha técnica socio ambiental Artículo Segundo.- ELIMINAR, en lo que corresponda en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Ayacucho; en número de (05) ) de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad de la Dirección Regional de Agricultura Ayacucho-GRDE y de la Subgerencia de Gestión Ambiental-GRRNGMA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 027-2022-GRA/CR y Ordenanza Regional Nº 012-2024-GRA/CR, conforme se detalla a continuación: ELIMINACIÓN TRES (03) DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA AYACUCHO - GRDE Nº TRES (03) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1DRAA - 95 Visación de planos y memoria descriptiva de predios rurales para procesos judiciales (en zonas catastradas y no catastradas). 2DRAA - 93 Expedición de certificado de información catastral para la inmatriculación de predios rurales en zonas catastradas. 3DRAA - 91 Asignación de código de referencia catastral y expedición de certificado de información catastral para la modificación física de predios rurales inscritos en zonas catastradas (independización, desmembración, parcelación o acumulación). ELIMINACIÓN DE DOS (02) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA SUBGERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL - GRRNGMA Nº DOS (02) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1 Evaluación de Declaración de Impacto Ambiental – DIA (Transportes) 2Evaluación de la ficha técnica socio ambiental (FITSA) para proyectos del sector transportes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la O fi cina de Control Institucional - OCI del Gobierno Regional de Ayacucho, de acuerdo a sus competencias que le faculta el artículo 7º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y por lo dispuesto en el numeral 44.9 del artículo 44º del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el D.S. Nº 004-2019-JUS, veri fi que de o fi cio que los funcionarios y servidores implementen lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la publicación del texto de la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano”, y el anexo a que hace referencia el artículo primero de la presente norma regional, en el portal del diario o fi cial “El