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68 NORMAS LEGALES Sábado 8 de febrero de 2025 El Peruano / con edi fi caciones y servicios públicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitación urbana”. Que, el Artículo 41° del Decreto Supremo N°029-2019- VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y de Edi fi caciones, establece que “Las Municipalidades distritales y las provinciales o la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el ámbito del Cercado, declaran la habilitación urbana de o fi cio de aquellos predios matrices registralmente cali fi cados como rústicos ubicados en zonas urbanas consolidadas que cuenten con edi fi caciones permanentes destinadas para vivienda, con equipamiento urbano, de ser el caso, así como con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público, otorgándoles la correspondiente califi cación de urbano de conformidad con su realidad local, y disponen la inscripción registral del cambio de uso de suelo rústico a urbano”. Asimismo, en el Artículo 42°, literal i) determina que “De ser el caso, realiza la recti fi cación y/o determinación de áreas, linderos y/o medidas perimétricas, así como recti fi ca áreas por error de cálculo inscritas cuando discrepan con las resultantes del levantamiento topográ fi co, conforme a las normas de la materia”. Que, mediante el Informe N° 466-2024-SGCHU- GDUR-MDEA, de fecha 03 de diciembre del 2024, de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, informa que se ha revisado la documentación presentada por los Administrados, en el Anexo al Expediente Administrativo N°6645--2024, de la Asociación de Pobladores Las Lomas del Bosque, inscrita en la Partida Registral N°07014007, denominado Parcela 1 del Área Remanente Total Fundo Vásquez, con Área de 88,930.82 metros cuadrados, del Distrito de El Agustino, Provincia y Departamento de Lima, de las características del terreno, esta cuenta con Zoni fi cación Residencial Densidad Media (RDM), Zona de Riesgo Geotécnico sujeto a Reglamentación Especial según Ordenanza N° 1025-MML, quienes presentan los siguientes documentos en tres (3) originales: - Plano de Ubicación y Localización U-01. - Plano Perimétrico PP-01. - Plano de Trazado y Lotización PTL-01- Plano de Altura de Edi fi caciones PA-01. - Memoria Descriptiva del Plano de Trazado y Lotización. Del Plano Perimétrico PP-01, respecto de la verifi cación grá fi ca de coordenadas, áreas y linderos: se ha revisado las coordenadas del Plano Perimétrico y se ha veri fi cado que pertenecen a Coordenadas UTM WGS - 84, Zona 18 Sur, según el Plano distrital georreferenciado que obra en la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, el cual se encuentra y que los linderos y medidas perimétricas se encuentran en el Plano de ubicación de la Asociación de Pobladores Las Lomas del Bosque, asimismo, esta poligonal arroja un área de 88,930.82 metros cuadrados y un perímetro de 2,494.80 metros lineales, de acuerdo al Cuadro de Datos Técnicos con coordenadas UTM WGS-84. Respecto al área, linderos y medidas perimétricas de la Habilitación Urbana: en la Partida Registral N° 07014007, se inscribe el área, linderos y medidas perimétricas, del terreno matriz (denominado Parcela 1 del Área Remanente Total del Fundo Vásquez; asimismo, de acuerdo al cuadro de coordenadas resultantes del levantamiento topográ fi co, se rati fi ca el área, linderos y medidas perimétricas inscritas del terreno matriz resultando de la siguiente manera: Área del terreno matriz: 88,930.82 m2. Área en la Partida Registral N°07014007: 88,930.82 m2.Respecto a la inspección del predio:1. Respecto del uso, se encuentra consolidado al 90%, de acuerdo a la zoni fi cación cali fi cada con Residencial de Densidad Media (RDM).2. De los servicios básicos: Las viviendas se encuentran al 90% con servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electri fi cación con conexiones domiciliarias y alumbrado público. 3. Respecto a las vías: Estas se encuentran pavimentadas al 90% con Pistas de pavimento fl exible y veredas de concreto simple según secciones viales que se encuentra gra fi cadas en el plano PTL-01. Respecto a los aportes reglamentarios: Los predios materia de procedimiento de Habilitación Urbana de O fi cio no están sujetos a los aportes de Habilitación Urbana, de acuerdo a lo normado en el artículo 41° numeral 41.2 del Decreto Supremo N°029-2019-VIVIENDA. Respecto al cuadro de áreas. Los administrados han cumplido con indicar en el Plano de Lotización PTL-01, las siguientes áreas: CUADRO RESUMEN GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS DESCRIPCIÓN POR USOS ÁREA (M2) % OCUPADO AREA TOTAL 88,930.82 100% AREA UTIL PARA VIVIENDAS 13,300.69 14.96% ÁREAS DE EQUIPAMENTO URBANO SERVICIOS PÚBLICOS COMPLEMENTARIOS EDUCACIÓN 732.30 0.82% SERVICIOS COMUNALES 722.10 0.81% OTROS USOS 685.00 0.77%REMANENTE 1 61,949.70 69.66% REMANENTE 2 1,391.28 1.56% ÁREA DE COMPENSACIÓN 982.16 1.10% ÁREA DE CIRCULACIÓN 9,167.59 10.31% Que, del Informe N°466-2024-SGCHU-GDUR-MDEA, de fecha 03 de diciembre del 2024, precisa que, por lo anteriormente expuesto, al amparo del Artículo 41 y 42, del Decreto Supremo N°029-2019-VIVIENDA, respecto de la Habilitación Urbana de O fi cio, se concluye que: 1. El predio materia de evaluación se encuentra inscrita en la Partida Registral N°07014007, del Registro de Propiedad de inmueble, con 88,930.82 metros cuadrados de área el cual se encuentra ubicado en la jurisdicción del distrito de El Agustino, asimismo, de acuerdo al cuadro de coordenadas UTM, describe un área grá fi ca de 88,930.82 metros cuadrados y un perímetro grá fi co de 2,494.80 metros lineales. 2. La titularidad registral del predio materia de análisis corresponde a la Asociación de Pobladores Las Lomas del Bosque, inscrita en la Partida Registral N° 07014007 del Registro de Propiedad de Inmueble. 3. De acuerdo a la Inspección ocular realizada, el predio se ubica en una zona urbana consolidada al 90% con edi fi caciones destinadas a vivienda y con servicios con conexiones domiciliarias de agua potable, alcantarillado, electri fi cación y alumbrado público. 4. El predio cuenta con veredas y escaleras de concreto totalmente construidas de acuerdo a las secciones según plano de lotización PTL-01. 5. Por lo tanto, se concluye que el terreno denominado Parcela 1 del Área Remanente Total del Fundo Vásquez, de la Asociación de Pobladores Las Lomas del Bosque, del distrito de El Agustino, cumple con las condiciones exigidas para la Habilitación Urbana de O fi cio de conformidad con lo establecido en el Artículo 41 y 42 del Decreto Supremo Nº029-2019-VIVIENDA, Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y de Edi fi caciones, asimismo, se remite los siguientes planos para su aprobación: - Plano de Ubicación y Localización PU-01. - Plano Perimétrico PP-01.- Plano de Lotización PTL-01. - Plano de Altura de Edi fi caciones Existente PA-01. - Memoria Descriptiva del Plano de Lotización.