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63 NORMAS LEGALES Sábado 8 de febrero de 2025 El Peruano / previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar al abogado Teó fi lo Martín Huerta Acuña como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándolo en la Fiscalía Provincial Mixta de Contralmirante Villar, con retención de su cargo de carrera; para lo cual se deberá previamente dar por concluida su designación descrita en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Es de indicarse, que la plaza a ocupar es de carácter transitorio, corresponde a la creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2010-MP-FN- JFS, de fecha 29 de enero de 2010. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Teó fi lo Martín Huerta Acuña, fi scal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2451-2024-MP-FN, de fecha 31 de octubre de 2024. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Teó fi lo Martín Huerta Acuña como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándolo en la Fiscalía Provincial Mixta de Contralmirante Villar, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Teó fi lo Martín Huerta Acuña que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2369793-2 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 347-2025-MP-FN Lima, 7 de febrero de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 005642-2024-MP-FN-CN-FEVCMYGF, fecha 19 de diciembre de 2024, e informe Nº 0019-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 3 de febrero de 2025, y; CONSIDERANDO:Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el o fi cio de vistos, la coordinadora nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo – Lima Sur. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar a la abogada Gina Evelyn Espinoza Cuadros, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo – Lima Sur; es de precisar que la plaza a ocupar -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 040-2010-MP-FN-JFS, de fecha 21 de mayo de 2010. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Gina Evelyn Espinoza Cuadros, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo – Lima Sur. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2369793-3