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4 NORMAS LEGALES Martes 11 de febrero de 2025 El Peruano / Que, mediante Memorando N° 000796-2024-DDC PIU/MC de fecha 10 de diciembre de 2024, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Piura remite a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Conchales de San Lucas de Colán, recaída en el Informe de Inspección N° 0001-2024-DDC PIU/MC de fecha 10 de diciembre de 2024, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000121-2025-DSFL- DGPA-VMPCIC/MC de fecha 28 de enero de 2025, sustentado en el Informe N° 000017-2025-DSFL-DGPA- VMPCIC-NGC/MC de fecha 27 de enero de 2025, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 0001-2024-DDC PIU/MC, elaborado por la Lic. Nelly Lorena Zuñiga Saavedra; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Conchales de San Lucas de Colán; Que, mediante Informe Nº 000049-2025-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 31 de enero de 2025, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico Conchales de San Lucas de Colán; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Conchales de San Lucas de Colán, ubicado en el distrito de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, debidamente sustentado. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0001-2024-DDC PIU/MC de fecha 10 de diciembre de 2024, así como en los Informes N° 000121-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000017-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-012-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Piura, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectaciónx Instar a la paralización de obra. -Señalización El sitio ya cuenta con paneles. - Retiro de estructuras temporales maquinaruisherramientas, elementos y/oaccesorios.xSe recomienda realizar la recuperación extrajudicialurgente.Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Piura, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Colán, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 0001-2024-DDC PIU/MC de fecha 10 de diciembre de 2024, el Informe N° 000121-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000017-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC e Informe Nº 000049-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-012-MC_DGPA- DSFL-2025 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www. gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2370105-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Jefe de la Oficina de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2025-EF/49 Lima, 10 de febrero del 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe (a) de la Ofi cina de Comunicaciones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas,