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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (18/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 18 de febrero de 2025 El Peruano / el artículo II del Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, Que, el artículo 39º de la Ley Nº 279772 – orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º señala: “…los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 539/MDSJM de fecha 23 de enero de 2025, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 04 de febrero de 2025, se aprueba la realización de los matrimonios civiles comunitarios en nuestro distrito, los meses de mayo, con motivo del Día de la Madre Peruana, y setiembre, con motivo del Día de la Primavera; señalando su artículo Tercero que, mediante decreto de alcaldía, se fi jará el día y lugar en donde se realizarán los Matrimonios Civiles Comunitarios aprobados; Que, en ese sentido, corresponde emitir el respectivo decreto de alcaldía señalando el lugar, día y hora para la realización de las ceremonias matrimoniales antes indicadas; De conformidad con los artículos 20º, numeral 6); 39º y 42º de la Ley Nº 27972 –Orgánica de Municipalidades; y Ordenanza Nº 539/MDSJM; DECRETA:Artículo Primero.- SEÑALAR el lugar, día y hora para la realización de las ceremonias matrimoniales civiles comunitarias correspondientes al año 2025; de acuerdo al siguiente detalle: • Primer Matrimonio Civil Comunitario, con motivo del Día de la Madre Peruana: Día: sábado 10 de mayo de 2025. Lugar: Plaza principal del distrito de San Juan de Mira fl ores. Hora: 10:00 a.m. • Segundo Matrimonio Civil Comunitario, con motivo del Día de la Primavera: Día: sábado 21 de setiembre de 2025. Lugar: Plaza principal del distrito de San Juan de Mira fl ores. Hora: 10:00 a.m. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Administración Documentaria, Transparencia y Archivo, el estricto cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta norma en el diario o fi cial “El Peruano”; a la O fi cina de Tecnología de la Información su publicación en el portal de esta entidad municipal; y a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2372168-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Carumas ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2024-CM/MDC Carumas, 2 de diciembre del 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Carumas, en Sesión Ordinaria de Concejo N°023-2024- CM/MDC de fecha 02 de diciembre del 2024, el Acuerdo de Concejo N°052-2024-CM/MDC de fecha 02 de diciembre del 2024, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N°27972 y demás normas complementarias; VISTOS: El Dictamen N°002-2024-OR/MDC de la Comisión de Administración y Finanzas; el Informe N°D000490-2024-PCM-SSAP, de la Subsecretaría de Administración Pública de Presidencia del Consejo de Ministros, que emite opinión favorable al proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Carumas, y las facultades del Titular del Pliego; y; CONSIDERANDOS: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 9° numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el artículo 40° dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Carumas, fue aprobado mediante Ordenanza Municipal N°005-2015-A/CM/MDC, el mismo que consta de 70 artículos, 04 disposiciones complementarias y fi nales; Que, la Secretaría de Gestión Pública es el organismo responsable de proponer, articular, implementar y evaluar la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública para todas las entidades de la Administración Pública, incluidos los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo N°054-2018- PCM, y sus modi fi catorias, aprueban los Lineamientos de Organización del Estado con el objeto de regular los principios, criterios, y reglas que de fi ne el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, dicha norma busca que las entidades del estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder las necesidades públicas en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el numeral 45.2 del artículo 45°, del Decreto Supremo Nº054-2018-PCM, establece que, las entidades que no formen parte del poder ejecutivo, aprueban su ROF de la siguiente manera: (…) “Las municipalidades y sus organismos públicos locales, por Ordenanza Municipal”; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM/SGP, se aprueba la “Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP “que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual