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35 NORMAS LEGALES Martes 18 de febrero de 2025 El Peruano / Que, del Informe N° 479-2024-SGCHU-GDUR-MDEA, de fecha 10 de diciembre del 2024, precisa que, por lo anteriormente expuesto, al amparo del Artículo 41 y 42, del Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA, respecto de la Habilitación Urbana de O fi cio, se concluye que: 1. El predio materia de evaluación se encuentra inscrita en la Partida Registral N° 44359316, del Registro de Propiedad de Inmueble, denominado Sub - Parcela 5-B, con 7,560.00 metros cuadrados de área, el cual se encuentra ubicado en la jurisdicción del distrito de El Agustino, asimismo, de acuerdo al cuadro de coordenadas UTM, describe un área gra fi ca de 7,177.01 metros cuadrados y un perímetro gra fi co de 403.97 metros lineales. 2. La titularidad registral del predio materia de análisis corresponde a la Asociación de Vivienda Alameda del Agustino. 3. De acuerdo a la Inspección ocular realizada, el predio se ubica en una zona urbana consolidada con edifi caciones destinadas a vivienda y con servicios con conexiones domiciliarias de agua potable, alcantarillado, electri fi cación y alumbrado público. 4. El predio cuenta con Pistas de pavimento fl exible y veredas de concreto totalmente construidas de acuerdo a las secciones según plano de lotización PTL-01. 5. Por lo tanto, se concluye que el terreno del Inmueble denominado Sub - Parcela 5-B, inscrita en la Partida Registral N° 44359316, de la Asociación de Vivienda Alameda del Agustino, del distrito de El Agustino, cumple con las condiciones exigidas para la Habilitación Urbana de O fi cio de conformidad con lo establecido en el Artículo 41 y 42 del Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA, Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y de Edifi caciones, asimismo, se remiten los siguientes planos para su aprobación. - Plano de Ubicación y Localización PU-01 - Plano Perimétrico PP-01.- Memoria Descriptiva del Plano Perimétrico.- Plano de Lotización PTL-01.- Plano de Altura de Edi fi caciones Existente PA-01 - Memoria Descriptiva del Plano de Lotización. Se deriva todo lo actuado a la Gerencia de Desarrollo Urbano para la prosecución de la Habilitación Urbana de O fi cio solicitado correspondiente al lote materia de consulta, recomendando que el acto administrativo de la presente Habilitación Urbana de O fi cio sea remitido a la O fi cina de Tecnología de la Información para su publicación en el Portal Web institucional. Que, el Informe Legal N° 699-2024-OGAJ-MDEA, de fecha 26 de diciembre del 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y Registros Civiles, opina que Esta Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil emite opinión FAVORABLE a la Habilitación Urbana de O fi cio de la Asociación de Vivienda La Alameda del Agustino, mediante Resolución Gerencial de Desarrollo Urbano, teniendo en cuenta el tercer párrafo del articulo 24° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA y el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Informe N° 334-2024-GDUR/MDEA, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de fecha 26 de Diciembre del 2024, concluye: Conforme a lo expuesto, este despacho se encuentra de acuerdo a lo informado por la Subgerencia de catastro y Habilitaciones Urbanas, por lo que, eleva a la Gerencia Municipal el documento de la referencia, así como todos los actuados, entre ellos el Expediente N° 19537-2024 conteniendo en total de 271 folios, solicitando la opinión de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, respecto a la Habilitación Urbana de o fi cio de la Asociación de Vivienda Alameda del Agustino. De conformidad con el TUO de la Ley N° 29090, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, su modi fi catoria Decreto Legislativo N° 1426, Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA, Reglamento de Licencias de habilitación Urbana y de Edi fi caciones; así, como el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, TUO de la Ley N° 24777, Ley de Procedimiento Administrativo General. RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR Y DISPONER LA INSCRIPCION de la recti fi cación del área de 7,560 metros cuadrados al área de 7,177.01 metros cuadrados, del predio denominado Sub - Lote 5-B, con frente por la Av. Prolongación Las Lomas, en la Asociación de Vivienda Alameda del Agustino, en el Distrito de El Agustino, correspondiendo los linderos y medidas perimétricas que constan en el plano perimétrico PP-01 y memoria descriptiva, de conformidad con los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- DECLARAR LA HABILITACION URBANA DE OFICIO del terreno rustico de 7,177.01 metros cuadrados de área, denominado Sub - Parcela 5-B, distrito de El Agustino, inscrita en la Partida Registral N° 44359316, del Registro de Propiedad de Inmueble, cuyo titular registral es la Asociación de Vivienda Alameda del Agustino. Artículo Tercero.- APROBAR los planos siguientes: Plano de Ubicación y Localización PU-01, Plano Perimétrico PP-01 y Memoria Descriptiva, Plano de Trazado y Lotización PTL-01, Plano de Alturas Existentes PA-01, Memoria descriptiva del Plano de Trazado y Lotización; los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- APROBAR el Cuadro de Áreas de la presenta Habilitación Urbana de O fi cio, conforme el detalle siguiente: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS DESCRIPCIÓN AREA (M2) ÁREA DE VIVIENDA (34 LOTES) 4,156.49 ÁREA PENDIENTE DE HABILITACIÓN URBANA 605.85 ÁREA DE PARQUE 291.85 ÁREA DE SERVIDUMBRE 678.40 ÁREA DE CIRCULACIÓN 1,444.42 ÁREA TOTAL 7,177.01 Artículo Quinto.- DISPONER la inscripción registral en la Partida N° 44359316 del Registro de Propiedad de Inmueble de la IX Zona Registral Sede Lima, correspondiente al predio de 7,177.01 metros cuadrados, el CAMBIO DE RÚSTICO A URBANO del predio denominado Sub - Parcela 5-B, distrito de El Agustino, cuyo titular es la Asociación de Vivienda Alameda del Agustino. Artículo Sexto.- REMITIR a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, un ejemplar de la presente Resolución de Alcaldía y una copia certi fi cada de los planos aprobados para su conocimiento, conforme a Ley. Artículo Sétimo.- DISPONER la remisión de un ejemplar de la presente resolución a la O fi cina de Tecnología de la Información para que la publique en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.munielagustino.gob.pe). Artículo Octavo.- DISPONER; la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, a cuenta y costo del interesado. Artículo Noveno.- REMITIR los presentes actuados administrativos a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas para que cumplimiento a lo dispuesto en el artículo sexto de esta Resolución Gerencial y para el registro del predio materia de la presente Declaración de Habilitación Urbana de O fi cio, como Urbano en el Catastro de la Municipalidad Distrital de El Agustino, comunicando de ello a la Subgerencia de Control Urbano. Registrese, comuniquese y cumplase. JUAN GUILLERMO CABEZAS LLANGE Gerente de Desarrollo Urbano 2368814-1