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50 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de febrero de 2025 El Peruano / En las otras regiones del país, la Encuesta está dirigida a la totalidad de los establecimientos de hospedaje. La relación completa de los comprendidos en la obligación estadística se encuentra en la página web del MINCETUR https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/encuestaMensual/index.aspx?anio=2025 Artículo 4.- Autorizar que las unidades informantes o establecimientos seleccionados a que se re fi ere el artículo 3 de la presente Resolución, preferentemente accedan al formulario virtual en línea T-1 mensual para hospedajes disponible en la página web del MINCETUR https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/encuestaMensual/index.aspx?anio=2025, donde también puede descargar la versión del formulario para imprimir o soliciten gratuitamente el formulario impreso, en Lima: en la Dirección General de Investigación y Estudios sobre Turismo y Artesanía del MINCETUR, ubicada en Calle Uno Oeste N° 050, Primer Piso, Urb. Corpac, San Isidro; y en las otras ciudades del país, en las sedes institucionales de las Direcciones/Gerencias Regionales, Sub Regionales y Zonales de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía. Artículo 5.- Establecer como plazo máximo para la presentación de la información solicitada en la encuesta “Estadística Mensual de Turismo 2025 para Establecimientos de Hospedaje”, a nivel nacional, hasta el octavo día hábil de concluido cada mes a informar. Artículo 6.- Las personas naturales y jurídicas que incumplan con la presentación de los formularios diligenciados de la mencionada Encuesta, en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas, conforme a las sanciones dispuestas por los arts. 87, 89 y 90 del DS. N° 043-2001-PCM, el pago de la multa no exime de la presentación de la información. Regístrese y comuníquese.GASPAR HUMBERTO MORÁN FLORES Jefe 2372884-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Cañete a Cuba, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 076-2025- UNDC/CO Cañete, 10 de febrero del 2025VISTOS: El MEMORANDUM Nº 084-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 10 de febrero de 2025 de la Presidencia de la Comisión Organizadora; INVITACIÓN de fecha 3 de febrero 2025 de la Directora de Relaciones Internacionales Universidad de Matanzas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º establece que: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley; Que, de conformidad con la Ley Nº 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la Provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo Nº 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, mediante Resolución Viceministerial N.º 055-2024-MINEDU de 27 de mayo de 2024, se designó a partir del 31 de mayo de 2024, a las señoras Marcia Adriana Iberico Diaz y Janett Karina Vásquez Pérez, en los cargos de Vicepresidenta Académica y Vicepresidenta de Investigación respectivamente; quedando conformada la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, de la siguiente manera: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica; Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación; Que, el artículo 58º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 143-2022-CO/UNDC y su modi fi catoria, establecen que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. En el caso de la Universidad Nacional de Cañete, dada su condición y naturaleza, corresponde ejercer dicha atribución a la Comisión Organizadora quien hace las veces de Consejo Universitario, disposición relacionada con la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en el primer párrafo del artículo 1º regula la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividad Empresarial del estado FONAFE”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2º, referido al contenido del acto de autorización, establece que “la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (…)”; Que, asimismo, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, la Directora de Relaciones Internacionales Universidad de Matanzas informa tiene el honor de anunciar que la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Cañete, fue aceptada para realizar Pasantía Internacional en Investigación e Innovación Cientí fi ca, que se llevará a cabo del 03 al 08 de marzo de 2025 en la ciudad de Matanzas - Cuba. Esta pasantía busca fomentar el intercambio de conocimientos, promover la colaboración internacional y desarrollar habilidades en el ámbito de la investigación e innovación, alineándose con las necesidades actuales del entorno académico y cientí fi co; así mismo consolidar la fi rma del convenio interinstitucional entre nuestras universidades, (…); Que, mediante MEMORANDUM Nº 084-2025-UNDC/ CO/AOM-P de fecha 10 de febrero de 2025, la Presidencia de la Comisión Organizadora deriva el presente expediente a la Secretaría General, para ser visto en sesión extraordinaria de fecha 10 de febrero de 2025; Que, los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, en sesión