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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (19/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de febrero de 2025 El Peruano / extraordinaria Nº 010-2025 de fecha 10 de febrero de 2025, acordaron AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicios a la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Cañete, para realizar la Pasantía Internacional en Investigación e Innovación Cientí fi ca, que se llevará a cabo del 03 al 08 de marzo de 2025 en la ciudad de Matanzas-Cuba; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU; Resolución Viceministerial N.º 055-2024-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicios a la Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, Vicepresidenta de Investigación de la Universidad Nacional de Cañete, para realizar Pasantía Internacional en Investigación e Innovación Cientí fi ca, que se llevará a cabo del 03 al 08 de marzo de 2025 en la ciudad de Matanzas-Cuba; Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración, realice los trámites de acuerdo a su competencia, en cumplimiento a lo regulado en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y a la Directiva para el otorgamiento de Viáticos y Pasajes para Viajes en Comisión de Servicios y Reconocimiento de Reembolso por Comisión de Servicios de la UNDC. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las dependencias académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Cañete, así como a la interesada para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el despacho de la Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete a la Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, Vicepresidenta Académica, del 03 al 08 de marzo de 2025, debiendo ejercer las funciones inherentes al cargo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete, bajo responsabilidad funcional administrativa. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO ORTEGA MALLQUI Presidente de la Comisión Organizadora ADALBERTO CRUZ GARCIA Secretario General 2372548-1 MINISTERIO PÚBLICO Aprueban el “Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público 2025” RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 442-2025-MP-FN Lima, 18 de febrero de 2025VISTOS: Los Informes N° 104-2025-MP-FN-GG-OGPLAP- ORACE y 145-2025-MP-FN-GG-OGPLAP-ORACE, de fechas 4 y 11 de febrero de 2025, respectivamente, de la O fi cina de Racionalización y Estadística; los O fi cios N° 306-2025-MP-FN-GG-OGPLAP y 384-2025-MP- FN-GG-OGPLAP, de fechas 4 y 12 de febrero de 2025, respectivamente, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; el O fi cio N° 131-2025-MP-FN-OGASEJ, de fecha 11 de febrero de 2025, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, relacionados con el proyecto de Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público 2025; el O fi cio N° 252-2025-MP- FN-GG, de fecha 12 de febrero de 2025, de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: El Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo del Estado, entre cuyas funciones se encuentra la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos, los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, la defensa de la familia, de los menores e incapaces, el interés social y velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil, la prevención del delito, la independencia de los órganos jurisdiccionales y la recta administración de justicia; conforme a las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Perú y en la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 052 y sus modi fi catorias. Mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión. El literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo n.º 054-2018-PCM y modi fi catorias, establece que la presente norma es de aplicación, bajo el término genérico de entidad: (…) c) “Los organismos constitucionalmente autónomos, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas”; siendo por tanto, aplicable dicho criterio al Ministerio Público a fi n de integrar sus modi fi catorias a la resolución que aprobó su Reglamento de Organización y Funciones, sin que ello modi fi que su esencia y su estructura orgánica. El artículo 43 de la norma acotada señala que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia. En concordancia con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, en su sección introductoria señala que la referida política constituye el principal instrumento orientador que guiará el proceso de modernización de la gestión pública en el Perú por los siguientes años, estableciendo que la gestión pública moderna es una gestión orientada a resultados al servicio del ciudadano. Con Resolución de la Fiscalía de la Nación n.º 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio Público, el cual ha sido modi fi cado mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n. os 1974-2019-MP-FN, 1076-2020-MP-FN, 221-2021-MP-FN, 793-2021-MP-FN y 1234-2021-MP-FN; 375-2022-MP-FN, 461-2022-MP-FN, 601-2022-MP-FN, 732-2022-MP-FN, 1005-2022-MP-FN y 2334-2022-MP-FN de fechas 26 de julio de 2019, 1 de octubre de 2020, de fechas 16 de febrero, 31 de mayo y 6 de septiembre de 2021; 17 y 28 marzo de 2022, 4 y 27 de abril de 2022, 3 de junio y 3 de noviembre de 2022, respectivamente.