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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (20/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 20 de febrero de 2025 El Peruano / En ese sentido, cumplo con hacer de su conocimiento la referida opinión favorable, con la fi nalidad de que su representada inicie el procedimiento de aprobación, según lo dispone el numeral 8.13 de la Directiva Nº 008-2023-PERÚ COMPRAS.”; Que, mediante la Carta Nº 122-2025-GG, que adjunta el Memorando Nº 285-2025-EGIP y el Memorando Nº 057-2025-GLS, la Gerencia General de SEDAPAL señala que se ha obtenido la opinión favorable de Perú Compras respecto a dos (2) proyectos de fi chas de homologación denominadas: “Sulfato de aluminio en solución tipo B al 8 %” y “Carbón activado en polvo para tratamiento de agua de consumo humano”; por lo que, solicita se continúe con su trámite de aprobación, remitiendo para tal efecto los mencionados proyectos de fi chas de homologación; Que, con la Nota Nº 060-2025-VIVIENDA/VMCS- DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento remite el Informe Nº 83-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, mediante el cual propone la expedición de la Resolución Ministerial que apruebe los proyectos de fi chas de homologación denominadas: “Sulfato de aluminio en solución tipo B al 8 %” y “Carbón activado en polvo para tratamiento de agua de consumo humano”, elaboradas y sustentadas por SEDAPAL; asimismo, señala que los citados proyectos de fi chas de homologación cuentan con la opinión favorable de Perú Compras; Que, a través del Informe Nº 0124-2025-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo establecido en el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley Nº 30225 y contando con la opinión favorable de Perú Compras, corresponde que se expida la Resolución Ministerial para la aprobación de los proyectos de fi chas de homologación denominadas: “Sulfato de aluminio en solución tipo B al 8 %” y “Carbón activado en polvo para tratamiento de agua de consumo humano”; Que, en consecuencia, contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras, corresponde expedir la Resolución Ministerial para la aprobación de los proyectos de fi chas de homologación denominadas: “Sulfato de aluminio en solución tipo B al 8 %” y “Carbón activado en polvo para tratamiento de agua de consumo humano”, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y, ese mismo día, remitirse a Perú Compras conjuntamente con las fi chas de homologación aprobadas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su modi fi catoria; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2025-VIVIENDA; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus modi fi catorias; y, la Resolución Jefatural Nº 000164-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, que aprueba la Directiva Nº 008-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Fichas de Homologación Aprobar las Fichas de Homologación denominadas: “Sulfato de aluminio en solución tipo B al 8 %” y “Carbón activado en polvo para tratamiento de agua de consumo humano”, las mismas que como Anexos Nº 01 y Nº 02, respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Fichas de Homologación Disponer que la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remita a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, la presente Resolución Ministerial y las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo precedente, el mismo día de publicada en el diario ofi cial El Peruano, a efectos de gestionar su incorporación en el “Listado de Requerimientos Homologados” publicado en la sede digital de Perú Compras. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2373037-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Delegan facultades y atribuciones en la Secretaría General y en la Oficina de Administración del Archivo General de la Nación RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000066-2025-AGN/JEF Lima, 19 de febrero del 2025 VISTOS, el Memorando Nº 000035-2025-AGN/SG-OA del 17 de febrero de 2025, de la O fi cina de Administración; el Informe Nº 000097-2025-AGN/SG-OAJ del 19 de febrero de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos; y el Decreto Supremo Nº 013-90-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 120, Ley Orgánica de la entidad; se tiene que el Archivo General de la Nación es la institución pública descentralizada de carácter multisectorial, con autonomía técnica y administrativa, encargada de proponer y ejecutar la política del Patrimonio Documental de la Nación; Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2018-MC, señala que la Jefatura del Archivo General de la Nación es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un jefe o jefa institucional, quien ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal. Asimismo, el inciso n del artículo 7 del citado reglamento establece como una de sus funciones: “Otorgar los poderes y delegar parte de sus funciones (…)”; Que, el artículo 8 del ROF establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa, responsable de los sistemas administrativos en la entidad, de los órganos de asesoramiento y apoyo que dependan de ella, así como de las funciones de transparencia y acceso a la información pública, ética, integridad, la gestión documentaria, el archivo central, la defensa nacional y la gestión de riesgo de desastres; Que, por su parte, el artículo 18 del ROF señala que la O fi cina de Administración es el órgano encargado