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41 NORMAS LEGALES Jueves 20 de febrero de 2025 El Peruano / de realizar la gestión de los recursos económicos y logísticos, sobre la base de la aplicación de los sistemas administrativos de recursos humanos, contabilidad, tesorería y abastecimiento; así como de la ejecución del gasto, la gestión patrimonial, la cobranza coactiva, servicios generales y el mantenimiento a la infraestructura del Archivo General de la Nación; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el titular puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente la referida norma, las leyes anuales de presupuesto del sector público o la norma de creación de la entidad. El titular es responsable solidario con el delegado; Que, mediante el TUO de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modi fi catorias, se regulan las disposiciones y lineamientos que deben observar las entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras, regulando las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; así como aquellas actuaciones que no pueden ser delegadas. Asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del referido TUO establece que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, establece que el órgano resolutivo del referido sistema es el ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del sector; a quien le corresponde entre otras funciones -de conformidad al numeral 9.3- autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas. Dicha función puede ser objeto de delegación; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 031- 2014-EF/52.03, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las unidades ejecutoras son designados mediante resolución del titular del pliego o del funcionario a quien este hubiere delegado de manera expresa esta facultad; Que, de otro lado, el numeral 24.2 del artículo 24 de la Directiva Nº 0005-2021- EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01, señala que el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN es aprobado por el titular de la entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. Asimismo, los numerales 25.1 y 25.2 del artículo 25 de la precitada directiva establecen que el CMN contiene la programación de las necesidades priorizadas por la entidad del Sector Público por un periodo mínimo de tres (3) años fi scales, para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos, y que este coadyuva a la oportuna gestión de adquisiciones y administración de bienes; Que, por otra parte, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, indica que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, incorporando en la norma general que rige la actuación administrativa de las entidades públicas la posibilidad de delegación de competencia entre órganos al interior de una misma entidad; Que, mediante Memorando Nº 000035-2025-AGN/ SG-OA, la O fi cina de Administración (en adelante, la OA) propone que se le deleguen funciones y atribuciones sin alterar las demás delegadas en la Secretaría General, según lo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 000372-2023-AGN/JEF del 28 de diciembre de 2023, la Resolución Jefatural Nº 000253-2024-AGN/JEF del 05 de septiembre de 2024 y la Resolución Jefatural Nº 000380-2024-AGN/JEF del 30 de diciembre de 2024; para este efecto, detalla aquellas funciones y atribuciones que serían delegadas en la OA del Archivo General de la Nación; Que, a través del Informe Nº 000097-2025-AGN/ SG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, en mérito a que existen diversas resoluciones y sus respectivas modi fi catorias que delegan facultades tanto a la Secretaría General como a la O fi cina de Administración, correspondería al titular de la entidad expedir un nuevo acto administrativo que consolide las funciones y atribuciones a delegarse en los órganos anteriormente mencionados del Archivo General de la Nación, y así poder optimizar la operatividad administrativa de la institución como agilizar la programación de las metas institucionales correspondientes a los años consecutivos; Que, el artículo 3 y el numeral 4.1 del artículo 4 del “Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos”, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024- JUS, establece que el presente instrumento es aplicable a todas las entidades de la Administración Pública indicadas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; además, precisa que el “anexo” es el documento que forma parte de la norma que incluye información que, por su extensión, por su carácter técnico, por la di fi cultad de ser descritos con palabras, entre otras consideraciones, no puede ubicarse en la parte dispositiva; Con los visados de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con lo dispuesto en la base legal citada, y conforme a las atribuciones conferidas en el Decreto Supremo Nº 005-2018-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en la Secretaría General y en la O fi cina de Administración facultades y atribuciones, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Declarar que las facultades conferidas a la Secretaría General y a la O fi cina de Administración del Archivo General de la Nación son de carácter indelegable; por lo que solo podrán ser ejercidas por ellos mismos. Artículo 3.- Declarar que la delegación de facultades a que se re fi ere la presente resolución, comprende atribuciones de pronunciarse y/o resolver, conforme al procedimiento de ley. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 000372-2023- AGN/JEF del 28 de diciembre de 2023, la Resolución Jefatural Nº 000253-2024- AGN/JEF del 05 de septiembre de 2024, y la Resolución Jefatural Nº 000380-2024- AGN/JEF del 30 de diciembre de 2024, por las razones expuestas en la presente resolución. Artículo 5.- Disponer que la Unidad Funcional de Gestión Documental y Servicio al Ciudadano noti fi que la presente resolución a los órganos involucrados. Artículo 6.- Disponer a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la resolución y su anexo en el portal web institucional del Archivo General de la Nación (www.agn.gob.pe), en el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLINDA GRACIELA RENGIFO GARCIA Jefa Institucional 2373364-1