Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (23/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 23 de febrero de 2025 El Peruano / Ministerial remiten al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante la mesa de partes física o virtual de este último, los documentos presentados por los potenciales bene fi ciarios, hasta el plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir del último día hábil del vencimiento del plazo señalado en el literal precedente. c) La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo veri fi ca que las viviendas a ser arrendadas, que se consignan en las solicitudes de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, no estén validadas como colapsadas o inhabitables y remite la relación fi nal de los potenciales bene fi ciarios del citado Bono al Fondo MIVIVIENDA S.A. en el plazo máximo de ocho días hábiles, contados a partir del plazo máximo otorgado a las Municipalidades de los distritos detallados en la “Tabla: Resumen de Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) a Convocar” consignada en el párrafo 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial para la remisión de la documentación, conforme a lo señalado en el literal anterior. d) El cómputo del plazo del otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias se inicia en la fecha de su primer cobro en el Banco de la Nación por parte de cada bene fi ciario. e) Los potenciales bene fi ciarios que presenten las solicitudes de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias fuera del plazo establecido en el literal a) del presente párrafo, pierden el derecho al otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias. 3.2 La fecha a partir de la cual los potenciales bene fi ciarios pueden efectuar el primer cobro del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en el Banco de la Nación, se publica en las sedes digitales del Fondo MIVIVIENDA S.A. (www.mivivienda.com.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda); asimismo, el Fondo MIVIVIENDA S.A. comunica dicha fecha a las Municipalidades de los distritos detallados en la “Tabla: Resumen de Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) a Convocar” consignada en el párrafo 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y al Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Sedes Amazonas, Apurímac, Cajamarca y Pasco, según corresponda. Artículo 4.- Veri fi cación de cumplimiento y seguimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable de veri fi car el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial y realizar el seguimiento respectivo, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2022-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2374270-1 Designan Coordinador de la Subunidad de Planeamiento de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Saneamiento Urbano RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 030-2025- VIVIENDA/VMCS-PNSU /0.1.1 Lima, 21 de febrero de 2025 VISTOS:El Memorando N° 518-2025/VIVIENDA-VMCS- PNSU-0.4.1 de la Unidad de Administración, el Informe N° 157-2025-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.4.1.1 de la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración y el Informe N° 109-2025-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2 de la Unidad de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; Que, la Resolución Directoral N° 096-2017-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0 que aprueba el Reordenamiento de Cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, clasi fi ca a la Plaza N° 14 como cargo de con fi anza correspondiente al Coordinador de la Subunidad de Planeamiento del PNSU; Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 se aprobó la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos del PNSU, aprobado con Resolución Directoral N° 046-2017-VIVIENDA/MVCS/PNSU/1.0, documento en el cual se describe de manera ordenada todos los cargos estructurales de la Entidad, estableciéndose su denominación, clasi fi cación y funciones, y se de fi nen los requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos del Programa; Que, de acuerdo con el literal s) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, aprobado por Resolución Ministerial N° 101-2024-VIVIENDA, se establece que la Dirección Ejecutiva del Programa tiene, entre otras funciones, designar al personal de con fi anza, en el marco de la normativa correspondiente; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador de la Subunidad de Planeamiento de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del PNSU; Que, con Informe N° 157-2025-VIVIENDA/VMCS- PNSU-0.4.1.1, la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración valida el per fi l de la señora Nancy María Estrada Guerrero e informa que cumple con los requisitos exigidos para el cargo de con fi anza de Coordinador de la Subunidad de Planeamiento de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, bajo el régimen de Decreto Legislativo 1057; Que, mediante Informe N° 109-2025-VIVIENDA/ VMCS-PNSU-0.3.2, la Unidad de Asesoría Legal emite opinión legal favorable sobre la referida designación, y precisa que de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 888-2023-VIVIENDA/OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, desde el punto de vista legal corresponde la publicación de la designación materia de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano; Con la visación de la Unidad de Administración, de la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración y de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y; De acuerdo con las facultades conferidas a la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 101-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Nancy María Estrada Guerrero en el cargo de con fi anza de Coordinador de la Subunidad de Planeamiento de la Unidad de