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11 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de julio de 2025 El Peruano / Técnico de Primera FAP REATEGUI CABALLERO IDY US$ 5,091.13 / 31 x 18 días x 1 persona US$ 2,956.14US$ 5,091.13 / 31 x 22 días x 1 persona US$ 3,613.06 --------------------- Total: US$ 6,569.20 Total general a pagar: US$ 17,441.58 Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El citado personal autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2414509-1 Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00792-2025-DE Lima, 1 de julio del 2025VISTOS:El O fi cio Extra FAP N° 002337-2025-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01448-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01272-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato Internacional de Bienes N° 180-RES-012-2023-DPC/ACFFAA suscrito entre la Fuerza Aérea del Perú y la empresa TEXTRON AVIATION INC., se establecen las obligaciones para la “Adquisición de la aeronave para el mejoramiento del servicio de transporte aéreo con aeronaves livianas en la Base FAP Armando Revoredo Iglesias CUI N 2486632 PP-0135-GRUP8”, precisando en el ítem 6.1.2 de la Cláusula Sexta, que la entrega de la citada aeronave será en los términos del INCOTERMS 2020 EXWORKS en las instalaciones del contratista, ubicada en la ciudad de Wichita, estado de Kansas, Estados Unidos de América; Que, con O fi cio Extra FAP N° 002337-2025-SECRE/ FAP, la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP VEHAEL YVAN MALAGA ROZAS, identi fi cado con DNI N° 43764393 y NSA N° 97440; del Capitán FAP CARLOS ALBERTO CANCELA BENZAQUEN, identi fi cado con DNI N° 72932820 y NSA N° 97915; del Capitán FAP ROGER EDUARDO CASTILLO NIQUEN, identi fi cado con DNI N° 70918761 y NSA N° 98047; y del Subo fi cial de Primera FAP WANDERLEE TEODOCIO OLIVAS DAHUA, identi fi cado con DNI N° 71422420 y NSA N° 610912 (tripulación principal); y, del Capitán FAP ANGEL JEFFERSON CUELLAR LLAJA, identi fi cado con DNI N° 47008858 y NSA N° 97910; y del Subo fi cial de Tercera FAP ANTONIO SANTIAGO ALEGRÍA SÁNCHEZ, identi fi cado con DNI N° 71407826 y NSA N° 612437 (tripulación suplente), quienes conformarán la tripulación encargada de realizar el traslado de la aeronave Beechcraft KA-360C FAP 346, desde la ciudad de Wichita, estado de Kansas, Estados Unidos de América hasta la ciudad de Lima, República del Perú, del 19 al 22 de julio de 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida el 18 de julio y su retorno en la aeronave Beechcraft KA-360C FAP 346, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal N° 009-2025 G8/AJ; la Hoja de Gastos N° 93 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000004 y N° 0000000755, que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, mediante la Exposición de Motivos, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar FAP quienes trasladarán la aeronave Beechcraft KA-360C FAP 346, la misma que fue adquirida para el mejoramiento de servicio de transporte aéreo con aeronaves livianas en la Base FAP Armando Revoredo Iglesias, lo cual le permitirá a la Fuerza Aérea del Perú contar con la capacidad de movilidad aérea e fi caz, operando hacia y desde cualquier aeródromo del Perú y del exterior; Que, a través del O fi cio N° 01448-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 111-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01272-2025-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP VEHAEL YVAN MÁLAGA ROZAS, del Capitán FAP CARLOS ALBERTO CANCELA BENZAQUEN, del Capitán FAP ROGER EDUARDO CASTILLO NIQUEN, y del Subo fi cial de Primera FAP WANDERLEE TEODOCIO OLIVAS DAHUA (tripulación principal); y del Capitán FAP ÁNGEL JEFFERSON CUELLAR LLAJA y del Subo fi cial de Tercera FAP ANTONIO SANTIAGO ALEGRÍA SÁNCHEZ (tripulación suplente), quienes conformarán la tripulación encargada de realizar el traslado de la aeronave Beechcraft KA- 360C FAP 346, desde la ciudad de Wichita, estado de