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12 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de julio de 2025 El Peruano / Kansas, Estados Unidos de América hasta la ciudad de Lima, República del Perú, del 19 al 22 de julio de 2025, autorizando su salida del país el 18 de julio y su retorno en la aeronave Beechcraft KA-360C FAP 346. Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto: Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Wichita, Kansas (Estados Unidos de América) - Lima clase económicaUS$ 1,919.15 x 4 personas US$ 7,676.60 Viáticos US$ 440.00 x 4 días x 4 personas US$ 7,040.00 Total a pagar en dólares americanos: US$ 14,716.60 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2414956-1 ENERGÍA Y MINAS Designan Viceministro de Minas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2025-EM Lima, 1 de julio de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30705, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 10 de la referida Ley establece que la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas está compuesta, entre otros, por el Viceministro de Electricidad, el Viceministro de Hidrocarburos y el Viceministro de Minas; Que, el Viceministro de Minas, formula, coordina, ejecuta y supervisa la política de desarrollo sostenible en materia de minería, de conformidad con la respectiva política nacional; Que, se encuentra vacante el puesto de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas; Que, en consecuencia resulta necesario designar a la persona que desempeñe dicho puesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Ronald Isidoro Ibarra Gonzales, en el puesto de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de confi anza. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2415136-2 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Prorrogan vigencia de Grupo de Trabajo sectorial dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos encargado de proponer medidas urgentes para el fortalecimiento de la seguridad integral e integridad institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0228-2025-JUS Lima, 1 de julio de 2025 VISTOS, el Informe N° 000084-2025-JUS/DGAC- DPC, de la Dirección de Política Criminológica; el Informe N° 238-2025-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; el Informe N° 080- 2025-JUS/OGPM-OOM, de la O fi cina de Organización y Modernización; el Memorando N° 1484-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 884-2025-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 4, que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, conforme con la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este tiene entre sus funciones rectoras, la de formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias por su ámbito de competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0162-2025- JUS se declara en proceso de reorganización al Programa Nacional de Centros Juveniles-PRONACEJ y se crea el Grupo de Trabajo sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de proponer medidas urgentes para el fortalecimiento de la seguridad integral e integridad institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ; Que, el artículo 6 de la citada Resolución Ministerial dispone que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo se encuentra a cargo de la Dirección General de Asuntos