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30 NORMAS LEGALES Domingo 6 de julio de 2025 El Peruano / en el marco de la validación de información del registro de abonados y del vendedor o persona natural que intervenga directamente en la contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones”. Artículo Segundo.- Aprobar la modi fi cación del Artículo Segundo de la Resolución N° 000031-2025-CD/OSIPTEL, en los siguientes términos: “Artículo Segundo. - Excepcionalmente, el OSIPTEL dispone el desbloqueo del equipo terminal adquirido de forma lícita, que haya sido bloqueado por no encontrarse en la Lista Blanca del RENTESEG. Para ello, veri fi ca la coincidencia del código IMEI impreso en el equipo terminal con el número del IMEI lógico que se muestra al digitar *#06# en el equipo terminal y, que el IMEI no se encuentre alterado y/o incluido en la Lista Negra por una causal distinta a su no inclusión a la Lista Blanca. Para tal efecto, el titular del equipo debe acercarse a las o fi cinas de atención del OSIPTEL con el equipo terminal y, de ser el caso, el documento que acredite la adquisición lícita del equipo. Luego de veri fi carse que se cumplen las validaciones correspondientes, el titular debe suscribir una declaración jurada en la cual indique que el equipo terminal móvil ha sido adquirido legalmente, previa verifi cación de su identidad. El titular podrá solicitar el desbloqueo del equipo terminal móvil ante el OSIPTEL hasta dentro de los tres (3) meses contados a partir del día siguiente de la fecha de ejecución del bloqueo .” Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General del OSIPTEL disponer las acciones necesarias para: (i) Publicar la presente Resolución y la Norma aprobada en el Artículo Primero, en el diario o fi cial El Peruano. (ii) Publicar la presente Resolución, la Norma, su Exposición de Motivos, la Matriz de Comentarios y la Declaración de Calidad Regulatoria contenida en el Informe N° 00049-2025-DAPU/OSIPTEL en el Portal Institucional del OSIPTEL. (iii) Enviar a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el archivo electrónico de los documentos relativos a la Norma aprobada en el Artículo Primero. Regístrese y publíquese.JESÚS EDUARDO GUILLÉN MARROQUÍN Presidente Ejecutivo (E)Consejo Directivo NORMA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE BAJA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES EN EL MARCO DE LA VALIDACIÓN DE INFORMACIÓN DEL REGISTRO DE ABONADOS Y DEL VENDEDOR O PERSONA NATURAL QUE INTERVENGA DIRECTAMENTE EN LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TELECOMUNICACIONES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene por objeto establecer el procedimiento para que las empresas operadoras ejecuten la baja del servicio público móvil en el marco del proceso de validación de la información del registro de abonados y del vendedor o persona natural que intervenga directamente en la contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones, conforme con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N°1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana. Artículo 2.- Alcance La presente norma es aplicable a las empresas operadoras del servicio público móvil, abonados, y al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL). Artículo 3.- De fi niciones Para efectos de la presente norma se tienen en cuenta las siguientes de fi niciones: a) Autoridad Migratoria: Corresponde a la Superintendencia Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores, según sus respectivas competencias. b) Normas Complementarias del RENTESEG: Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 007-2020-CD-OSIPTEL y sus modi fi catorias. c) Registro de Abonados: Registro actualizado de los abonados del servicio público móvil que hubieran contratado bajo la modalidad prepago, control y/o postpago conforme con lo establecido en el artículo 3 de las Normas Complementarias del RENTESEG. d) Registro de Vendedores: Registro actualizado del vendedor o persona natural de la empresa operadora o del distribuidor autorizado por ésta que interviene en el proceso de contratación. e) Registros con errores materiales : Son registros cuyos datos del abonado, así como del vendedor o persona natural que interviene en el proceso de contratación, no coinciden con la información consignada en las bases de datos del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) o en la información de la Autoridad Migratoria respectiva , y que se encuentran en alguna de las siguientes categorías: - Apellidos y/o nombres que contienen uno o más caracteres que no corresponden. - Omisión de uno o más nombres.- Apellidos materno y paterno invertidos.- Nombres invertidos.- Omisión total o parcial del apellido materno. Las categorías antes señaladas no pueden ser concurrentes. f) Registros Inconsistentes: Son registros cuyos datos del abonado, así como del vendedor o persona natural que interviene en el proceso de contratación no coinciden con la información consignada en la base de datos del RENIEC o en la información de la Autoridad Migratoria respectiva, y que no se encuentra en ninguna de las categorías de error material. TÍTULO II PROCEDIMIENTO DE BAJA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES EN EL MARCO DE LA VALIDACIÓN DE INFORMACIÓN DEL REGISTRO DE ABONADOS Y DEL VENDEDOR CAPÍTULO I Artículo 4.- Remisión de reporte a las empresas operadoras Culminado el proceso de validación establecido en el Decreto Supremo N° 014-2024-IN, el OSIPTEL remite a las empresas operadoras un reporte con el resultado del proceso de veri fi cación, el cual contiene los servicios públicos móviles cuyo proceso de validación no resultó exitoso, conforme a lo establecido en los protocolos para el proceso de validación de la información del registro de abonados y del registro de vendedores. Asimismo, el reporte contiene los siguientes campos: número de servicio móvil, nombres de abonado, apellido