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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2025 (06/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Domingo 6 de julio de 2025 El Peruano / V8:N8055 E294; e) R.D.R.Nº 212-2024/DREM.M-GRM de fecha 10 de diciembre del 2024. 9.- a) SAN LORENZO III 2024, con código 680002124; b) SAN LORENZO AQP S.R.L; c) D. Moquegua P.Mariscal Nieto; d) V1:N8093 E302 V2:N8090 E302 V3:N8090 E301 V4:N8093 E301; e)R.D.R.Nº 211-2024/DREM.M-GRM de fecha 10 de diciembre del 2024. 10.- a) CERRO BAUL, con código 680000324; b) GRUPO CORPORATIVO HERMES E.I.R.L; c) D.Torata P. Mariscal Nieto; d) V1:N8111 E303 V2:N8110 E303 V3:N8110 E301 V4:N8111 E301; e) QUELLA 15 con código 010097416; f) R.D.R.Nº 213-2024/DREM.M-GRM de fecha 10 de diciembre del 2024. 11.- a)CAMS 24 con código 680002524; b) CARLOS ALBERTO MANCHEGO SALAZAR; c) D. Moquegua P.Mariscal Nieto; d) V1:N8121 E290 V2:N8120 E290 V3:N8120 E289 V4:N8121 E289; e)R.D.R.Nº 064-2025/DREM.M-GRM de fecha 21 de marzo del 2025. 12.- a)CANTERA SILLACKGRUMI, con código 680001324; b) RAUL MIGUEL QUISPE CRUZ; c) D.Puquina P.General Sanchez Cerro; d) V1:N8163 E273 V2:N8161 E273 V3:N8161 E272 V4:N8163 E272; e) CHILCAPAMPA, con código 010030414; f) R.D.R Nº 061-2025/DREM.M-GRM de fecha 20 marzo del 2025. 13.- a) AGREGADOS FE AL SEÑOR DE HUANCA I, con código 680001824, b) JAVIER ALTEMAR ACOSTA PAREDES; c) D.Moquegua/San Antonio P. Mariscal Nieto; d) V1:N8077 E274 V2:N8074 E274 V3:N8074 E273 V4:N8075 E273 V5:N8075 E272 V6:N8076 E272 V7:N8076 E273 V8:N8077 E273; e) R.D.R Nº 063-2025/DREM.M-GRM de fecha 21 de marzo del 2025. 14.- a) CARMECITA 04, con código 680001224; b) S.M.R.L CARMENCITA MIA 02; c) D.Puquina P.General Sanchez Cerro; d) V1:N8170 E266 V2:N8169 E266 V3:N8169 E263 V4:N8170 E263 e) CARMENCITA MIA 02, con código 050007299; f) R.D.R Nº 067-2025/DREM.M-GRM de fecha 27 de marzo del 2025. 15.- a) EL CHILENITO, con código 680000124; b)ANGEL GODOFREDO RETAMOZO BALDARRAGO; c) D.Carumas/Quinistaquillas P.Mariscal Nieto/General Sanchez Cerro; d) V1:N8145 E302 V2:N8144 E302 V3:N8144 E301 V4:N8145 E301; e) CALIZA 2013 6, con código 680001613; f)R.D.R Nº 065-2025/DREM.M-GRM de fecha 25 de marzo del 2025. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICHARD NICOLAS BENAVENTE CACERES Director Regional de Energía y Minas Dirección Regional de Energía y Minas 2405555-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Autorizan viaje de Gobernador Regional a los EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 2566-2025/GRP-CR San Miguel de Piura, 4 de julio de 2025VISTOS:En Sesión Ordinaria N° 07-2025 del Consejo Regional de Piura, realizada el 04 de julio de 2025; Memorándum N° 1067-2025/GRP-100010, de fecha 30 de junio de 2025, emitido por el Secretario General del Gobierno Regional Piura; Carta S/N (HRyC N° 25336) de fecha 30 de junio de 2025, emitido por Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR; el O fi cio N° 0440-2025-ANGR/P de fecha 30 de junio de 2025, de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR; y el Memorando N° 1071-2025/GRP-100010 de fecha 01 de julio de 2025 de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N° 27867. Asimismo, el artículo 15° de esta Ley establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el inciso a) aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 8° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR, señala las atribuciones del Consejo Regional, precisando así en el numeral 3 lo siguiente: “Autorizar al Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales del año”; Que, a través de la Carta S/N (HRyC N° 25336) de fecha 30 de junio de 2025, emitido por la Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR invita al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura a participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas, que se llevará a cabo en Nueva York, espacio clave para evaluar los avances en la implementación de la Agenda 2030, a realizarse desde el lunes 14 al miércoles 23 de julio de 2025, bajo los auspicios del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSO С). Señala la invitación que el tema central a tratar en este Foro es “Avanzar en soluciones sostenibles, inclusivas, basadas en la ciencia y en la evidencia para la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, sin dejar a nadie atrás”; Que, mediante Memorándum N° 1067-2025/GRP- 100010, de fecha 30 de junio de 2025; Secretaría General del Gobierno Regional Piura, comunica que el Secretario General de la Organización de Regiones Unidas - ORU - FOGAR, ha cursado invitación al Gobernador Regional para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas, a llevarse a cabo en la ciudad de Nueva York desde el 14 de julio al 23 de julio del año en curso, bajo los auspicios del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), para lo cual traslada la solicitud de autorización de viaje al exterior al señor Gobernador Regional de Piura a Nueva York en los Estados Unidos de América desde el 14 de julio al 23 de julio del año en curso; Que, con O fi cio N° 0440-2025-ANGR/P de fecha 30 de junio de 2025, la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR, reitera la invitación cursada por la Organización de Regiones Unidas ORU-FOGAR, para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF), que se desarrollará en la ciudad de Nueva York del 14 al 23 de julio del presente año, bajo el auspicio del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC), acreditando al Gobernador Regional de Piura para que pueda participar en dicho evento internacional del 14 al 17 de julio de 2025, sustentando su participación en las gestiones impulsadas en el ámbito del desarrollo regional, representando una oportunidad para visibilizar las buenas prácticas de gobernanza regional del país y contribuir al posicionamiento de las regiones del Perú ante la comunidad internacional; dejando constancia que todos los gastos relacionados con el viaje, estadía y demás requerimientos en la ciudad de Nueva York serán asumidos íntegramente por la ANGR, sin generar gasto alguno para el Gobierno Regional de Piura; Que, mediante el Memorando N° 1071-2025/GRP- 100010 de fecha 01 de julio de 2025, Secretaría General señala que, visto el O fi cio N° 0440-2025-ANGR/P de fecha 30 de junio de 2025, de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR, la solicitud para autorización de viaje al señor Gobernador Regional, realizada con el Memorándum N° 1067-2025/GRP-