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33 NORMAS LEGALES Domingo 6 de julio de 2025 El Peruano / como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 906-2025 de la vigésima setima sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Sullana, de fecha 1 de julio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, que se deje sin efecto el numeral 7.6 del artículo séptimo de la Resolución Administrativa Nº 000143-2025-CE-PJ, que dispuso Convertir y reubicar el 4° Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de La Molina, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Este, el cual no tiene juez titular, como Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia de Satipo de la Corte Superior de la Selva Central, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° y 2° Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia, con turno abierto y por el periodo de seis meses. Artículo Segundo.- Facultar a los presidentes de las Cortes Superiores de Lima Este y de la Selva Central, tomen las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Selva Central; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2416483-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de noviembre y diciembre de 2024, y marzo de 2025, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua DIRECCIÓN REGIONAL ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 085-2025/ DREM.M-GRM Moquegua, 29 de abril del 2025 VISTO: la relación de los títulos mineros otorgados durante los meses de: NOVIEMBRE Y DICIEMBRE del año 2024, MARZO del año 2025, conforme a lo informado por Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008- MEM/DM publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 16.01.2008, se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas (…); por tanto, a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Dirección Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10º Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, concordante con el Artículo 124º del D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y Artículo 38º del D.S. Nº 020-2020-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros”, una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM “SIDEMCAT”, D.S. Nº 014-92 “TUO de la Ley General de Minería” y D.S. Nº 020-2020-EM “Reglamento de Procedimientos Mineros” y Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLICARSE en el Diario O fi cial “El Peruano”, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de NOVIEMBRE Y DICIEMBRE del año 2024, MARZO del año 2025, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1.- a) EGUAIL, con código 680000724; b)EMPRESA WARA S.A.C; c) D.El Algarrobal P.Ilo; d) V1:N8050 E267 V2:N8049 E267 V3:N8049 E265 V4:N8051 E265 V5:N8051 E266 V6:N8050 E266; e)IRON VII 2015, con código 050023615; f)R.D.R.Nº 168-2024/DREM.M-GRM, de fecha 13 de Noviembre del 2024 2.- a)SAN PABLO 2024T, con código 680000624; b)PABLO EUSEBIO MONRROY CANCAPA; c) D.Moquegua P. Mariscal Nieto; d) V1:N8082 E314 V2:N8081 E314 V3:N8081 E313 V4:N8082 E313; e) R.D.R Nº 171-2024/ DREM.M-GRM, de fecha 13 de noviembre del 2024. 3.- a) SAN PABLO 2020M, con código 680001021; b)MOISES DAVID MONRROY VILLENA; c) D.ILO P.ILO; d) V1:N8034 E270 V2:N8033 E270 V3:N8033 E269 V4:N8034 E269; e) BELU, con código Nº 050022708, VICTOR con código Nº 680001409; f) R.D.R Nº 176-2024/DREM.M-GRM de fecha 18 de noviembre del 2024. 4.- a) JUAN CARLOS II, con código 680003223; b) ELEODORO COARITA COARITA; c) D.ILO/MAR P.ILO/MAR; d) V1:N8033 E269 V2:N8032 E269 V3:N8032 E268 V4:N8033 E268; e) R.D.R Nº 175-2024/DREM.M-GRM de fecha 18 de noviembre del 2024. 5.- a) CAPEMILLJA, con código 680003023; b) EDUARDO VALDIVIA CAMI; c) D.Moquegua, P.Mariscal Nieto; d) V1:N8104 E291 V2:N8102 E291 V3:N8102 E289 V4:N8104 E289; e) R.D.R Nº 166-2024/DREM.M-GRM de fecha 13 de noviembre del 2024. 6.- a) GRINGA CUELLAR 2024, con código 680000224; b) CAROL HAYDEE VALDIVIA BERROA; c) D.Torata P.Mariscal Nieto; d) V1:N8119 E315 V2:N8118 E315 V3:N8118 E314 V4:N8119 E314; e) ESPERANZA 2015, con código 010183615, CUAJONE NW 4, con código 010366015; f) R.D.R Nº 161-2024/DREM.M-GRM de fecha 11 de noviembre del 2024. 7.- a) SANTA ELENA V, con código 680002123; b) FERNANDO PABLO MARTORRELL SOBERO; c) D.Moquegua/San Antonio P.Mariscal Nieto; d) V1:N8091 E293 V2:N8090 E293 V3:N8090 E292 V4:N8089 E292 V5:N8089 E294 V6:N8088 E294 V7:N8088 E290 V8:N8089 E290 V9:N8089 E289 V10:N8090 E289 V11:N8090 E291 V12:N8091 E291; e) SAN JORGE DOS, con código 050002505, SIGO SIENDO EL REY I, con código 680002216, C ATATA 1, con código 680002416; f) R.D.R.Nº 172-2024/DREM.M-GRM de fecha 13 de noviembre del 2024. 8.- a) DOÑA VICTORIA IV, con código 680002224; b) ELVIS CCAMA MAMANI; c) D.Moquegua P.Mariscal Nieto; d) V1:N8055 E295 V2:N8052 E295 V3:N8052 E296 V4:N8049 E296 V5:N8049 E295 V6:N8051 E295 V7:N8051 E294