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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2025 (23/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de julio de 2025 El Peruano / Disponen publicar proyecto de Decreto Supremo que modifica diversos artículos del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, así como su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00188-2025- MINAM Lima, 21 de julio de 2025 VISTOS: el Informe N° 00210-2025-MINAM/ VMGA/DGGRS/DIGRSC y el Memorando N° 00169-2025-MINAM/VMGA/DGGRS/DIGRSC de la Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos y Circularidad; el Memorando N° 01040-2025-MINAM/ VMGA/DGGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 01184-2025-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00313-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 00848-2025-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00602-2025-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea este organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, el literal k) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013 establece que, entre otras, el Ministerio del Ambiente tiene la función especí fi ca de promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos; Que, según el literal g) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, en adelante Decreto Legislativo N° 1278, el Ministerio del Ambiente en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de residuos sólidos y economía circular, es competente para normar sobre el manejo de residuos sólidos, incluyendo los correspondientes a la infraestructura de manejo de residuos sólidos, actividades de reutilización, recuperación, valorización material y energética; gestión de áreas degradadas por la acumulación de residuos de gestión municipal, entre otros aspectos; Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, a fi n de asegurar la maximización constante de la e fi ciencia en el uso de materiales, y regular la gestión y manejo de residuos sólidos, que comprende la minimización de la generación de residuos sólidos en la fuente, la valorización material y energética de los residuos sólidos, la adecuada disposición fi nal de los mismos y la sostenibilidad de los servicios de limpieza pública; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1501, Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1278, mediante Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, se modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; así como, el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM; Que, asimismo, conforme a la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31896, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1278, e introduce la industrialización del reciclaje en su desarrollo, con Decreto Supremo N° 002-2024-MINAM, se modi fi ca el artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278; Que, mediante la Ley N° 32212, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1278, y la Ley N° 26793, Ley de Creación del Fondo Nacional del Ambiente, para fortalecer la gestión y el manejo de residuos sólidos, se introducen modi fi caciones a los artículos 3, 4, 7, 8, 9, 10, 13, 15, 16, 17, 21, 23, 24, 30, 33, 36, 36-A, 37, 38, 40, 42, 45, 48, 51, 60, 68, 70 y 71, así como al anexo del Decreto Legislativo N° 1278; incorporándose, además, los artículo 66-A, 66-B, 66-C, 70-A y 85-A al referido cuerpo normativo; y que, conforme a su Primera Disposición Complementaria Final, se dispone que el Poder Ejecutivo adecúe el Reglamento del Decreto Legislativo 1278, a las modi fi caciones previstas en la citada Ley, en un plazo no mayor de ciento veinte días calendario contados a partir de su entrada en vigor, exonerándose de la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR); Que, por su parte, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, de igual modo, el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señalan que, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados para la recepción de comentarios, aportes u opiniones, en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; por un plazo no menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, en virtud de lo establecido en el literal a) del artículo 102 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de proponer instrumentos técnicos-normativos sobre la gestión y manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes; Que, en ese contexto, a través del Informe N° 00210-2025-MINAM/VMGA/ DGGRS/DIGRSC y el Memorando 01040-2025-MINAM/VMGA/DGGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos sustenta y propone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca diversos artículos del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM y su Exposición de Motivos, a fi n de recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; el Decreto Legislativo 1501, Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; la Ley N° 31896, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, e introduce la industrialización del reciclaje en su desarrollo; la Ley N° 32212, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y la Ley N° 26793, Ley de Creación del Fondo Nacional del Ambiente, para