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41 NORMAS LEGALES Viernes 25 de julio de 2025 El Peruano / VIVIENDA/VMCS/PNSU/SURH de la Subunidad de Recursos Humanos y la Nota N° 116-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL de la Unidad de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; Que, la Resolución Directoral N° 096-2017-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, que aprueba el Reordenamiento de Cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, clasi fi ca a la Plaza N° 25 como cargo de confi anza correspondiente al Responsable de la Unidad de Administración del PNSU; Que, mediante Resolución Directoral N° 003-2024-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, se aprobó la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos del PNSU, aprobado con Resolución Directoral N° 046-2017-VIVIENDA/MVCS/PNSU/1.0, documento en el cual se describe de manera ordenada todos los cargos estructurales de la Entidad, estableciéndose su denominación, clasi fi cación y funciones, y se de fi nen los requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos del Programa; Que, de acuerdo con el literal s) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU, aprobado por Resolución Ministerial N° 101-2024-VIVIENDA, se establece que la Dirección Ejecutiva del Programa tiene, entre otras funciones, designar al personal de con fi anza, en el marco de la normativa correspondiente; Que, se encuentra vacante el cargo de Responsable de la Unidad de Administración del PNSU, considerando la renuncia formulada y los términos de su aceptación; Que, con el Informe N° 0508-2025/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/SURH, la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración valida el per fi l de la señora Rocío De Milagro Callupe Chávez e informa que cumple con los requisitos exigidos para el cargo de con fi anza de Responsable de la Unidad de Administración, bajo el régimen de Decreto Legislativo 1057; Que, mediante la Nota N° 116-2025-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/UAL, la Unidad de Asesoría Legal emite opinión legal favorable sobre la referida designación, y precisa que de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 888-2023-VIVIENDA/OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, desde el punto de vista legal corresponde la publicación de la designación materia de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano; Con la visación de la Unidad de Administración, de la Subunidad de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y; De acuerdo con las facultades conferidas al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano en el Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 101-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Rocío De Milagro Callupe Chávez en el cargo de con fi anza de Responsable de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.Regístrese, comuníquese y publíquese ELEAZAR ENRIQUE LOZANO GARCIA Director EjecutivoPrograma Nacional de Saneamiento UrbanoViceministerio de Construcción y Saneamiento 2422504-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Designan Asesor de Gerencia General del INDECI RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000122-2025- INDECI/JEF San Isidro, 24 de julio del 2025VISTOS: El Informe Técnico N° 000118-2025-INDECI/ URH, de fecha 24 de julio de 2025, de la Unidad de Recursos Humanos; el Proveído N° 020658-2025-INDECI/GG, de fecha 24 de julio de 2025, de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1587, y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1450, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, cuya implementación se realiza progresivamente, de acuerdo a las reglas de gradualidad que establecen las normas reglamentarias; Que, el artículo 2° de la citada Ley establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias, precisando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, así mismo el artículo 79° de la precitada Ley N° 30057, señala, entre otros aspectos, que la designación de servidores de con fi anza se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en dicha ley, según sea el caso; asimismo que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa, y donde se precisan las condiciones de empleo, el puesto a ocupar y la contraprestación a percibir, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la presente Ley; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, crea el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión, que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP), el cual se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General