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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (03/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 3 de junio de 2025 El Peruano / concordancia con la misión y metas establecidas por el estatuto de la universidad. 2. Organizar la difusión del conocimiento y los resultados de las investigaciones mediante la publicación de artículos cientí fi cos en revistas indizadas de alto impacto. 3. Gestionar el fi nanciamiento de la investigación ante las entidades y organismos públicos o privados. 4. Reemplaza al Vicerrector Académico en caso de ausencia y en ausencia de este reemplaza al Rector. 5. Promover la generación de recursos para la universidad a través de la producción de bienes y prestación de servicios derivados de las actividades de investigación y desarrollo, así como mediante la obtención de regalías por patentes u otros derechos de propiedad intelectual. 6. Designar a los directores de su dependencia de acuerdo al presente Estatuto. 7. Las demás atribuciones que el Estatuto o la Ley le asignen. (...)”Artículo Segundo.- SUPRIMIR del Artículo 115 del Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado por la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 006-2024-UNTELS-AU , de fecha 25 de octubre de 2024, el numeral 5. Artículo Tercero.- RECTIFICAR el Artículo 116 del Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado por la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 006-2024-UNTELS-AU, de fecha 25 de octubre de 2024, en el extremo correspondiente al error material en la denominación de la dependencia Dirección de Producción de Bienes y Servicios citada incorrectamente como “Dirección de Laboratorios” en el mencionado Artículo, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: Dice: “(...) Artículo 116.- Dirección de Laboratorios: La Dirección de Producción de Bienes y Servicios es un órgano dependiente del Vicerrectorado de Investigación en la UNTELS. Sus funciones principales son: (...)” Debe decir: “(...) Artículo 116.- Dirección de Producción de Bienes y Servicios: La Dirección de Producción de Bienes y Servicios es un órgano dependiente del Vicerrectorado de Investigación en la UNTELS. Sus funciones principales son: (...)” Artículo Cuarto.- MODIFICAR el Artículo 150 del Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado por la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 006-2024-UNTELS-AU, de fecha 25 de octubre de 2024, cuyo texto sustitutorio quedará redactado de la siguiente manera: “ (...)Artículo 150 .- La UNTELS creará la Fundación para el Desarrollo Universitario de Lima Sur, con objetivo de respaldar los programas y actividades de la universidad. Se organiza de la siguiente manera: 1. Naturaleza y Propósito: 1.1. Posee personería jurídica propia y opera sin fi nes de lucro. 1.2. Su principal objetivo es apoyar los programas y actividades de investigación, formación profesional y extensión social de la UNTELS.2. Administración y Gestión: 2.1. Cuenta con una Junta de Administración, compuesta por un equipo multidisciplinario designado por el Consejo Universitario. 2.2. La UNTELS delega a la Fundación la administración, ejecución, proyección u otras actividades principales y/o complementarias, así como la gestión de unidades operativas, equipos de trabajo y proyectos, a través de convenios. 3. Normativa y Supervisión: 3.1. La Fundación se rige por su propio estatuto. 3.2. Cumple con las disposiciones del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones. (...)” Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Asamblea Estatutaria, Consejo Universitario, Rectorado, Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado de Investigación, Decanato de la Facultad de Ingeniería y Gestión, Consejo de Facultad, Escuela de Posgrado y todas las unidades orgánicas de la UNTELS, para fi nes de conocimiento y cumplimiento. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la UNTELS, a través de la Unidad de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución de Asamblea Universitaria en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sétimo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI Rectora de la UNTELS MARLY KARINA URIBE ALLAUCA Secretaria General de la UNTELS 2405380-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Agraria La Molina a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA RESOLUCIÓN Nº 0251-2025 -R-UNALM La Molina, 12 de mayo de 2025CONSIDERANDO:Que, con fecha 16 de enero de 2025 la International Food and Agribusiness Management Association cursó la invitación al Dr. Leoncio Hertz Fernández Jerí, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento de Gestión Empresarial de la Facultad de Economía y Plani fi cación, para participar como expositor de su artículo de investigación “Perú: Innovation in Agribusiness with Blueberries”, así como asistir a las visitas de estudio en el marco del 35º Congreso Internacional IFAMA, del 23 al 28 de junio de 2025; Que, mediante Resolución Nº 0097-2025/CF-FEP, la Facultad de Economía y Plani fi cación resuelve otorgar la comisión de servicios al Dr. Leoncio Hertz Fernández Jerí, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento de Gestión Empresarial, del 23 al 28 de junio de 2025, para participar como expositor de su artículo de investigación titulado: “Perú: Innovation in Agribusiness with Blueberries”, así como asistir a las visitas de estudio en el marco del 35º Congreso Internacional IFAMA, evento organizado por la Asociación IFAMA y coorganizado por Harven Agribusiness School y FB Group, a realizarse en la ciudad de Ribeirao Preto, Sao Paulo, Brasil;