TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de junio de 2025 El Peruano / Nº 00286-2022-CENEPRED/DIFAT-2.0, de fecha 04 de mayo de 2023, emitido por el Secretario General de CENEPRED, que remite el Informe Técnico Nº 087-2023-CENEPRED/DGP/SNL, de fecha 26 de abril de 2023, emitido por el especialista de la Subdirección de Normas y Lineamientos de CENEPRED; el Informe Nº 078-2023-SGRN-GRRNyGA/GOB.REG.TACNA, de fecha 22 de mayo de 2023, emitido por la Subgerencia de Recursos Naturales; el O fi cio Nº 0258-2023-ANA-AAA- CO-ALA-.CL, de fecha 01 de junio de 2023, emitido por la Administración Local de Agua Caplina - Locumba; el Ofi cio Nº 000407-2023-INDECI/DDITACNA, de fecha 06 de junio de 2023, emitido por la Dirección del Instituto Nacional de Defensa Civil; el O fi cio Nº 124-2023-OEFA- DPEF, de fecha 03 de julio de 2023, emitido por la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental - OEFA; el O fi cio Nº 589-2023-VIVIENDA- VMVU-PNC, de fecha 14 de agosto de 2023, emitido por la Dirección Ejecutiva de Programa Nuestras Ciudades del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el O fi cio Nº 0600-2023-ANA-AAA-CO, de fecha 27 de setiembre de 2023, emitido por la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua – Caplina Ocoña; el Informe Nº 476-2023-ORSCDNCOER/GOB.REG.TACNA, de fecha 03 de octubre de 2023, emitido por la Dirección de la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER; la Opinión Legal Nº 1811-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de diciembre de 2023, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio Nº 0201-2024-ANA-GG, de fecha 29 de febrero de 2024, emitido por la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua; el O fi cio Nº 0168-2025-ANA-AAA. CO-ALA.CL, de fecha 12 de marzo de 2025, emitido por la Administración Local del Agua Caplina - Locumba; el Informe Nº 120-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 20 de marzo de 2025, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión Nº 001-2025-PMCS-A-COSDNyC-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 marzo de 2025; el O fi cio Nº 636-2025-GRAJ-GGR/GOB.REG.TACNA, de fecha 28 de marzo de 2025, emitido por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, que remite la Opinión Legal Nº 681-2025-GRAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 27 de marzo de 2025, emitido por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; el Informe de Asesor de Comisión Nº 002-2025-PMCS-A-COSDNyC-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de marzo de 2025; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Seguridad, Defensa Nacional y Civil, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN Nº 003-2025-COSDNyC- CR, de fecha 03 de abril de 2025, sobre propuesta normativa: “DECLARAR DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL LA DELIMITACIÓN Y DEFENSA DE LAS FAJAS MARGINALES DE LOS CAUCES NATURALES Y ARTIFICIALES DE LA REGIÓN TACNA COMO PARTE DE LAS MEDIDAS ESTRUCTURALES Y NO ESTRUCTURALES PARA LA PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGO DE DESASTRES Y LA PROTECCIÓN DE LOS CUERPOS DE AGUA Y SUS BIENES ASOCIADOS”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en sesión extraordinaria de fecha 15 de abril de 2025. Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y las opiniones legales favorables; así como el informe de la asesora de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente aprobar la propuesta de normativa: “Declarar de interés y prioridad regional la delimitación y defensa de las fajas marginales de los cauces naturales y arti fi ciales de la región Tacna como parte de las medidas estructurales y no estructurales para la prevención y reducción de riesgo de desastres y la protección de los cuerpos de agua y sus bienes asociados”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en sesión extraordinaria de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de interés y prioridad regional la DELIMITACIÓN Y DEFENSA DE LAS FAJAS MARGINALES DE LOS CAUCES NATURALES Y ARTIFICIALES DE LA REGIÓN TACNA COMO PARTE DE LAS MEDIDAS ESTRUCTURALES Y NO ESTRUCTURALES PARA LA PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGO DE DESASTRES Y LA PROTECCIÓN DE LOS CUERPOS DE AGUA Y SUS BIENES ASOCIADOS. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Grupo Técnico Especializado de Delimitación y Defensa de las Fajas Marginales de la Región Tacna, con el objetivo de plantear e implementar soluciones, políticas, normativas, fi nancieras y administrativas. Estará integrado por un representante de las siguientes instituciones: 1. Un representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Tacna, (el que lo presidirá). 2. Un representante de la Administración Local de Agua Caplina - Locumba (ejercerá la secretaría técnica). 3. Un representante de la Dirección Desconcentrada del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI Tacna. 4. Un representante del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED. 5. Un representante de la Dirección Desconcentrada de Cultura Tacna. 6. Un representante de la Zona Registral Nº XIII - SUNARP sede Tacna. 7. Un representante de la O fi cina Zonal del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI Tacna. 8. Un representante de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre - ATFFS Moquegua-Tacna. 9. Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas - SERNANP. 10. Un representante de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Gestión del Territorio del Gobierno Regional de Tacna. 11. Un representante de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tacna. 12. Un representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional de Tacna. 13. Un representante de la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER del Gobierno Regional de Tacna. 14. Un representante de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Tacna. 15. Un representante de la Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional de Tacna. 16. Un representante del Proyecto Especial “Afi anzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de la Región Tacna” del Gobierno Regional de Tacna 17. Un representante del Consejo Regional de Decanos de los Colegios Profesionales de Tacna. 18. Un representante de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann. 19. Un representante de la Universidad Privada de Tacna. 20. Un representante de la Municipalidad Provincial de Tacna. 21. Un representante de la Municipalidad Provincial de Candarave. 22. Un representante de la Municipalidad Provincial de Tarata. 23. Un representante de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna brindar los recursos logísticos necesarios para que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental,