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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (04/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de junio de 2025 El Peruano / Re:inforce”, organizado por Amazon Web Services (AWS) el cual se llevará a cabo del 16 al 18 de junio de 2025, en la ciudad de Filadel fi a, Estados Unidos de América, que tiene por objetivo conocer las innovaciones de seguridad más recientes, obtener acceso directo a los equipos y partners de AWS que crean las herramientas de seguridad y conectarse con colegas de seguridad en la nube de todo el mundo; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo. Además, la SBS toma acciones para la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo, en cumplimiento del mandato de integridad fi nanciera. Por ello, los temas que se abordarán en el mencionado evento son de interés institucional para la SBS, pues contribuyen al fortalecimiento de las capacidades de sus profesionales encargados de las labores de regulación y supervisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 04357-2024 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Magno Condori Mollehuara, Jefe del Departamento de Supervisión de Sistemas de Información y Tecnología de la Gerencia de Riesgos de la SBS, del 14 al 18 de junio de 2025, a la ciudad de Filadel fi a, Estados Unidos de América para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025, de acuerdo con lo siguiente: Viáticos US$ 396.00Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2404731-1 Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre junio 2025 - agosto 2025 CIRCULAR N° B -2275-2025 F-613-2025 CM-462-2025 CR-329-2025 --------------------------------------------------------- Ref. : Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre junio 2025 - agosto 2025 --------------------------------------------------------- Lima, 3 de junio de 2025Señor Gerente General / Gerencia Mancomunada: Sírvase tomar nota que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo junio 2025 - agosto 2025, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153 de la Ley General; y, sobre la base de lo señalado en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo junio 2025 - agosto 2025 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS JUNIO 2025 - AGOSTO 2025 (*) Monto en Soles 120,500 (*) Actualización para el trimestre junio 2025 - agosto 2025 en base a la Variación IPM diciembre 1998 - mayo 2025: 1.94316962. Atentamente. SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 2405632-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal cuyos títulos fueron aprobados en el año 2025 RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL Nº 133-2025-GRA/ GREM Arequipa, 29 de mayo de 2025VISTO: El Informe Legal Nº 127-2025-GRA/GREM- CM de fecha 29 de mayo de 2025 emitido por el área de concesiones mineras de la Gerencia Regional de Energía y Minas, respecto de veintiséis (26) concesiones mineras, cuyos títulos fueron otorgados en el año 2025 hasta la fecha; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014 -92-EM, la autoridad minera competente publicará mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano” por una sola vez la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 10-2017-GRA/ CR-AREQUIPA se aprobó la modi fi cación de la estructura orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa, lo cual ha determinado la creación de la Gerencia Regional de Energía y Minas conforme al artículo 83º de la norma antes acotada, el cual establece su naturaleza y funciones; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 677- 2007-GRA/PR de fecha 27 de agosto de 2007, se delegó en el Gerente Regional de Energía y Minas del Gobierno