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49 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de junio de 2025 El Peruano / Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “ La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción” . En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0001-2025-MP-FN-OREF-LBLA, de fecha 23 de mayo de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, con efectividad al 31 de mayo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Katia Elizabeth Sosa Gavidia, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Alta), materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3034-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 6 de noviembre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 31 de mayo de 2025. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento a la abogada Katia Elizabeth Sosa Gavidia que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2405940-11 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1611-2025-MP-FN Lima, 3 de junio de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 005834-2025-MP-FN-PJFSLIMANORTE de fecha 22 de mayo de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 19 de mayo de 2025, suscrita por la abogada Asuncion Yrene Garcia Garcia, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designada en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo, quien presenta su renuncia al cargo por motivos relacionados con el clima laboral. En su carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo que exige la ley y señala como último día de labores el 22 de mayo de 2025, recibiendo el visto bueno de la presidencia en mención, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 28 de mayo de 2025, se advierte que la citada abogada registra 4 quejas en trámite, por irregularidad en el ejercicio de sus funciones. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales) . En virtud a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0109-2025-MP-FN-OREF-YGRC, de fecha 28 de mayo de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la referida fi scal, con efi cacia anticipada a partir del 23 de mayo de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Asuncion Yrene Garcia Garcia, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Carabayllo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 749-2024-MP-FN y 2956-2024-MP-FN de fechas 18 de marzo y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con e fi cacia anticipada a partir del 23 de mayo de 2025, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento a la abogada Asunción Yrene Garcia Garcia que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2405940-12