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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (04/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de junio de 2025 El Peruano / la O fi cina Regional de Seguridad Ciudadana, Defensa Nacional y COER y la Dirección Regional de Agricultura inicien los procedimientos de delimitación de las fajas marginales de la región Tacna. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna en coordinación con la Gerencia Regional de Infraestructura, la O fi cina Ejecutiva de Formulación de Proyectos y la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, la formulación de Proyectos de Inversión para la defensa de las fajas marginales de la región Tacna que permitan la protección física frente a peligros. Artículo Quinto.- El Grupo Técnico Especializado conformado en el artículo segundo, se instalará dentro de los quince (15) primeros días hábiles de entrada en vigencia de la presente norma regional; debiendo cumplir funciones de manera permanente. Asimismo, deberá elaborar y aprobar un reglamento interno de trabajo los primeros treinta (30) días hábiles de haber sido instalado, para su correcto funcionamiento, y un plan de trabajo anual a los diez (10) días, en el que precisen acciones, responsabilidades y plazos. La presidencia del grupo técnico presentará un informe anual sobre la ejecución del plan de trabajo aprobado a los primeros (10) días hábiles de iniciado el año para su evaluación y aprobación. Artículo Sexto.- RECOMENDAR bajo responsabilidad a los Gobiernos Locales (Provinciales y Distritales) como órganos competentes, observar estrictamente la normatividad relacionada a las fajas marginales para determinar de forma correcta las emisiones de las Licencias de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones, Licencias de funcionamiento, Autorizaciones, entre otros. Artículo Séptimo.- IMPLEMENTAR la conservación, protección e intangibilidad de las cabeceras de cuencas en toda la jurisdicción de la región Tacna, en armonía con los planes nacionales y regionales de desarrollo sostenible. Artículo Octavo.- EXHORTAR bajo responsabilidad a los Gobiernos Locales como órganos competentes a realizar cualquier actividad esporádica o permanente, ni al otorgamiento de cualquier derecho de asentamiento humano, agrícola u otra actividad que afecte la delimitación de la faja marginal. Artículo Noveno.- EXHORTAR bajo responsabilidad a todos los niveles de las Unidades Orgánicas del Gobierno Regional de Tacna a realizar cualquier actividad esporádica o permanente, ni al otorgamiento de cualquier derecho de asentamiento humano, agrícola u otra actividad que afecte la delimitación de la faja marginal. Artículo Décimo.- ENCARGAR al Titular del Pliego del Gobierno Regional de Tacna, para que, en el marco de sus facultades otorgadas en el Decreto Legislativo Nº 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”, priorice la asignación de recursos fi nancieros en los Presupuestos Institucionales que dé ejecutoriedad a lo dispuesto en el Artículo Segundo y Tercero de la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo Primero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Décimo Segundo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Décimo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional. En la ciudad de Tacna, al día quince de abril de dos mil veinticinco. JULIANA ISABEL JUNGBLUTH NIETO PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, el día 28 de abril de 2025. LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2404447-1  998 732 784  ventasegraf@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 ATENCIÓN COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Te invitamos a conocer todos nuestros servicios en: