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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (05/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / están ubicados dentro de la localidad de Chavín en el departamento de Ancash; representan un bien cultural de valor universal excepcional cuya preservación, conservación, difusión y puesta en valor cultural deben ser priorizadas. En ese sentido, resulta fundamental adoptar las medidas necesarias para garantizar su protección”. ii) “La Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash ya ejerce la administración del sitio arqueológico y del museo de Chavín de Huántar, por encontrarse dentro de su jurisdicción territorial y en el marco de sus competencias. Asimismo, le corresponde realizar las gestiones necesarias para la implementación de la Unidad Ejecutora 012: Chavín de Huántar (001778), lo que permitirá optimizar la gestión administrativa y fi nanciera del referido patrimonio”. iii) “Se considera pertinente formalizar la creación de dicha Unidad Ejecutora mediante Resolución Ministerial, para su aprobación por parte del titular del Pliego”; y, se propone “como responsable de la administración y ejecución del presupuesto de la Unidad Ejecutora 012: Chavín de Huántar (001778), al Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ancash, con el fi n de iniciar los actos preparatorios y viabilizar la apertura operacional de la Unidad Ejecutora”. Que, mediante el Informe N° 000625-2025-OGAJ-SG/ MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que es legalmente factible emitir la resolución ministerial por la cual se formalice la creación de la Unidad Ejecutora 012: Chavín de Huántar (001778) en el Pliego 003: Ministerio de Cultura y se designe a su responsable; Que, en tal sentido, resulta necesario formalizar la creación de la citada unidad ejecutora y designar a su responsable; Con los vistos de la Secretaria General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 012: Chavín de Huántar (001778) en el Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 2.- Designar a el/la Director/a de Órgano Desconcentrado de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash como responsable de la Unidad Ejecutora 012: Chavín de Huántar (001778) del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 3.- El responsable de la Unidad Ejecutora 012: Chavín de Huántar (001778) del Pliego 003: Ministerio de Cultura está a cargo de la administración y ejecución presupuestaria de los recursos autorizados a la citada Unidad Ejecutora, sobre la base de criterios de e fi ciencia, efi cacia y economía, garantizando la legalidad y el control de los ingresos y gastos, así como al cumplimiento de las normas de carácter presupuestario y administrativo, que le resulten aplicables, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia. Artículo 4.- La presente resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2405799-1Modifican la R.M. N° 000452-2024-MC en el extremo que delega facultades y atribuciones al Director General de la Oficina General de Recursos Humanos durante el ejercicio fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000141-2025-MC San Borja, 3 de junio del 2025VISTOS: el Informe N° 000225-2025-OGRH-SG/ MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 000875-2025-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000647-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la O fi cina General de Recursos Humanos es el órgano de administración interna responsable de formular, dirigir, ejecutar y controlar las estrategias, políticas, procesos técnicos y acciones de los recursos humanos del Ministerio, con la fi nalidad de servir a los usuarios y bene fi ciarios de sus actividades; Que, los literales b) y c) del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, y modi fi catorias, delegan en el/la Director/a General de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las facultades y atribuciones correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración General relativas a “Suscribir, modi fi car, prorrogar, a través de adendas, renovar y extinguir contratos administrativos de servicios, de vinculación laboral y de modalidades formativas; emitir certi fi cados y constancias de trabajo, de servicios, de prácticas y de capacitación; suscribir planes, convenios con instituciones y similares que tengan vinculación directa con el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos”, y “Autorizar y ejecutar las convocatorias bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Contratos Administrativos de Servicios CAS y las que corresponden al Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público y del Programa “Soy Cultura Voluntariado”, respectivamente; Que, asimismo, el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC señala que las facultades mencionadas en los literales a), b), c) y d) de dicho artículo, dentro del ámbito de sus competencias, se delegan también en los Titulares de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad y en los Responsables de la Unidad Ejecutora 003: Zona Arqueológica Caral, de la Unidad Ejecutora 005: MC - Naylamp - Lambayeque, de la Unidad Ejecutora 007: MC - Marcahuamachuco, de la Unidad Ejecutora 008: MC - Proyectos Especiales, de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad, y de la Unidad Ejecutora 010: Chankillo; Que, a través del Informe N° 000225-2025-OGRH- SG/MC, la O fi cina General de Recursos Humanos, con fi nes de optimizar la gestión administrativa de la entidad