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13 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / en materia de recursos humanos, propone la modi fi cación de los literales b) y c) del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, a efectos que se amplíe la delegación de facultades en cuanto a la autorización y ejecución de las convocatorias, suscribir, modi fi car, prorrogar, a través de adendas, renovar y extinguir contratos de los regímenes laborales aplicables al personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 y del Decreto Legislativo N° 728; Que, con el Memorando N° 000875-2025-OGPP-SG/ MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000185-2025-OOM-OGPP-SG/MC de la O fi cina de Organización y Modernización, donde se emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, conforme a lo solicitado por la O fi cina General de Recursos Humanos; Que, mediante el Informe N° 000647-2025-OGAJ-SG/ MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta jurídicamente viable que se modi fi quen los literales b) y c) del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, y modi fi catorias, que delega en el/ la Director/a General de la O fi cina General de Recursos Humanos facultades y atribuciones durante el ejercicio fi scal 2025; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; y, el Decreto Supremo N° 005-2013- MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de los literales b) y c) del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC Modi fi car los literales b) y c) del artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 000452- 2024-MC, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 5.- Delegar en el/la Director/a General de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración General: (…) b. Suscribir, modi fi car, prorrogar, a través de adendas, renovar y extinguir contratos aplicables al personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios - CAS y modi fi catorias y de modalidades formativas; emitir certi fi cados y constancias de trabajo, de servicios, de prácticas y de capacitación; suscribir planes, convenios con instituciones y similares que tengan vinculación directa con el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. c. Autorizar y ejecutar las convocatorias aplicables al personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios - CAS y modi fi catorias, y las que corresponden al Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público y del Programa “Soy Cultura Voluntariado”. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Recursos Humanos y a los Responsables de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2405817-1 Modifican la R.M. N° 000452-2024-MC, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000142-2025-MC San Borja, 4 de junio del 2025 VISTO: el Informe N° 000680-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone en su último párrafo que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el párrafo 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley N° 27444), establece que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegación o evocación; Que, el artículo 78 del TUO de la Ley N° 27444 señala que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, las atribuciones para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, a través de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, se deroga la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a partir de su entrada en vigencia; y, mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de la Ley N° 32069, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, se deroga el Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, a partir de su entrada en vigencia; Que, el 22 de abril de 2025, entra en vigencia la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; y, su Reglamento, con lo cual quedan derogadas la Ley N° 30225 y su Reglamento; no obstante, de acuerdo con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32069, los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de dicha Ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley N° 32069 contempla que: (…) en el ámbito de las entidades contratantes, se encuentran los siguientes actores involucrados directamente en el proceso de contratación pública: a) Titular de la entidad: máxima autoridad