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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (05/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / Artículo 4.- Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: (…) 4.1.A En materia de Contrataciones Públicas: Respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; y, su Reglamento: a. Solicitar, canalizar las solicitudes, aceptar y/o formalizar la compra centralizada mediante la suscripción de un convenio o acta, previa opinión de la O fi cina de Presupuesto y el visto bueno del titular de la entidad; de conformidad con los artículos 231 y 232 del Reglamento de la Ley N° 32069; y, emitir la no objeción del requerimiento fi nal, efectuar observaciones y/o recomendaciones, de corresponder, al requerimiento en el supuesto previsto en el artículo 234 del Reglamento de la Ley N° 32069. b. Suscribir las actas de transferencia de las prestaciones realizadas mediante compra centralizada, conforme al artículo 235 del Reglamento de la Ley N° 32069. Artículo 5.- Modi fi car el artículo 15 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 000016-2025-MC, N° 000075-2025-MC y N° 000085-2025-MC. Artículo 15.- Precisar que las facultades previstas en la normativa de contrataciones públicas asignadas al titular de la entidad y a la autoridad de gestión administrativa son ejercidas por los Responsables de cada una de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 003: Ministerio de Cultura, a excepción de la Unidad Ejecutora 001: Administración General, en el ámbito de sus competencias y en su condición de entidades para la normativa de contrataciones públicas, en aplicación del literal l) del numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley N° 32069 y siempre que cumplan con lo previsto en el artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF. Artículo 6.- Dejar sin efecto el artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 000016-2025-MC, N° 000075-2025-MC y N° 000085-2025-MC. Artículo 7.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría General, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración, la Ofi cina de Abastecimiento y los Responsables de las Unidades Ejecutoras que integran el Pliego 003: Ministerio de Cultura. Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2406234-1 DEFENSA Modifican la R.M. N° 00517-2025-DE, que autorizó viaje de personal FAP a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00666-2025-DE Lima, 3 de junio del 2025VISTOS: El O fi cio EXTRA FAP Nº 002008-2025-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal Nº 01048-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 00517- 2025-DE, del 8 de mayo de 2025, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor General FAP LUIS EMILIO CORTIJO ROSELL (Titular), y del Coronel FAP EDUARDO ANTONIO LEDESMA BARBA (Suplente), para participar en el Curso de Altos Estudios Estratégicos para O fi ciales Superiores Iberoamericanos (AEEOSI), a realizarse en el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, ubicado en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 12 de mayo al 27 de junio de 2025; Que, en el artículo 3 de la citada Resolución Ministerial, señala que la Fuerza Aérea del Perú efectuará los pagos correspondientes al veinte (20%) por ciento de compensación extraordinaria por servicios en el extranjero, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2025; Que, mediante O fi cio D-OC-SG-140G4501- S-25-000097, remitido por el Agregado de Defensa en Lima del Reino de España a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, se precisa que los gastos de pasaje de avión, alojamiento y seguro médico durante el curso, serán asumidos por el Reino de España, no estando considerado la alimentación ni el transporte interno; Que, mediante la Exposición de Motivos emitida por el Departamento de Especialización, Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la FAP, se precisa que resulta necesario modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 00517-2025-DE, a fi n de considerar el fi nanciamiento parcial equivalente al cuarenta (40%) por ciento de compensación extraordinaria por servicios en el extranjero del Mayor General que participará en el citado curso, a realizarse en el lugar y fechas programadas; Que, por medio del O fi cio FAP Nº 000469-2025-DIGED/ FAP, del 15 de mayo de 2025, el Director General de Educación y Doctrina de la FAP remitió al Director General de Personal la documentación que justi fi ca la modi fi cación de la citada Resolución Ministerial Nº 00517-2025-DE; Que, de acuerdo al Certi fi cado adjunto al O fi cio D-OC- SG-140G4501-S-25-000097 del Agregado de Defensa en Lima del Reino de España, el Ministerio de Defensa del Reino de España asumirá los gastos de pasajes aéreos internacionales, alojamiento y seguro médico, con excepción de los gastos de alimentación y transporte interno; por lo que, debe otorgarse el pago del cuarenta (40%) por ciento de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero para cubrir el referido gasto del personal autorizado, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF Que, mediante la Hoja de Gastos Nº 80 DGVC-ME/ SIAF-RP, emitida por del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se detallan los gastos del cuarenta (40%) por ciento de compensación extraordinaria por servicios en el extranjero que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;